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La DGT obligada a admitir fotos de mujeres con velo para el carné de conducir

Siempre que el óvalo de la cara permanezca visible desde el nacimiento del pelo hasta el mentón

COMENTARIO: Mientras el velo, o cualquier otra prenda de vestir de libre elección, no sólo de carácter religioso, sea utilizada libremente por personas mayores de edad, sin coacción alguna, y sin que condicione el reconocimiento de tales personas, podría estar admitido tanto para el permiso de conducir, el DNI o cualquier otro documento de identificación. Lo que supone una discriminación es valorar que el velo sea por motivos religiosos, cuando nadie está obligado a declarar sobre ellos. ¿por qué si es por motivos religiosos ssi se permitiría, y si es por tra convicción, no. El Estado debe garantizar , por una parte la libertad personal libre de imposiciones y coacciones y la seguridad pública mediante la identificación personal, de cualquier persona, sin entrar en si responde a motivos religiosos o no. Todo ello sin perjuicio de la atención a menores o del proselitismo en espacios públicos, como es el caso de las escuelas.


El Defensor del Pueblo ha conseguido en 2012 que la Dirección General de Tráfico admita fotografías de mujeres que por su religión llevan velo para el permiso de conducir, siempre que el óvalo de la cara permanezca descubierto.

Según recoge el informe del Defensor del Pueblo, la institución impartió las instrucciones oportunas a la DGT para la admisión de fotografías con velo, destinadas a los documentos identificativos necesarios para la obtención de permiso de conducción.

Indica que la única limitación sea que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona.

Además, señala que ha logrado que la página oficial de la DGT del Ministerio del Interior, modifique y corrija, a petición de la institución, la información relativa a la necesidad de presentar una fotografía con la cabeza descubierta para la obtención del permiso de conducción.

Así, en la actualidad, en el apartado 'Obtención del permiso de conducción' de la página de la DGT se puede leer que "cuando se trate de solicitantes que por su religión lleven el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, siendo la única limitación para su admisión que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona".

Por otro lado, el Defensor del Pueblo mantiene abierta la investigación para aclarar lo ocurrido a dos ciudadanos franceses musulmanes en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat.

Una vez embarcados y acomodados en sus asientos, cerraron los ojos en actitud de oración y los asistentes de vuelo consideraron que se comportaban de forma sospechosa y lo comunicaron al comandante de la aeronave, que se dirigía en ese momento a la pista de despegue.

En aplicación del protocolo de seguridad el avión retornó a la puerta de embarque donde fueron desembarcados y retenidos por la Guardia Civil.

Estos hechos, según apunta el texto, han sido puestos en conocimiento del Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona, que actualmente investiga si existen indicios de delito contra los sentimientos religiosos (artículo 522 del Código Penal) o delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales al denegarse, en el ejercicio de una actividad profesional, la prestación de un servicio por razón de la ideología o religión (artículo 512 del Código Penal).

Asimismo, el Defensor del Pueblo sigue adelante con la investigación de oficio iniciada con la Fiscalía General del Estado sobre la tramitación de las diligencias judiciales relativas a un presunto delito de profanación y ofensa de sentimientos religiosos, ocurrido en el Campus de Somosaguas de la Universidad Complutense de Madrid.

Según el informe, la Fiscalía ha informado de la incoación de unas diligencias en las que se imputaron a varias personas delitos de daños y contra la libertad religiosa, tras varias solicitudes de sobreseimiento por varias de las partes personadas en el procedimiento, que continúa en trámite.

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