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Irlanda pondrá multas de hasta 25.000 euros a quien blasfeme

El uso de «términos abusivos» o «insultos» contra cualquier credo será sancionado La medida, impulsada por el ministro de Justicia, ha levantado un torrente de críticas

El castigo a los blasfemos en la Europa del siglo XXI puede parecer un anacronismo impensable. Pero eso es exactamente lo que acaba de aprobar –lo hizo la semana pasada– el Parlamento de la República de Irlanda, un país aún conmocionado por los abusos sexuales a menores llevados a cabo durante décadas por miembros de la Iglesia católica.
Aprovechando una reforma de la ley de difamación de 1961, el ministro de Justicia irlandés, Dermont Ahern, ha introducido una nueva ley sobre la blasfemia, que castiga el delito con una multa de hasta 25.000 euros. Por blasfemia se entiende el uso de «términos abusivos o insultos sobre asuntos considerados sagrados por cualquier religión y que causen ultraje a un número sustancial de seguidores de esa fe».
La medida ha suscitado un acalorado debate en Dublín y un torrente de críticas. Sus detractores advierten que los creyentes de cualquier culto, incluidos los integristas cristianos o islámicos, pueden torpedear fácilmente la libertad de expresión en un país dominado durante siglos por el catolicismo. «El concepto de blasfemia es algo que tenemos que desterrar de nuestro sistema político lo antes posible», afirma el senador Dan Boyle, presidente del Partido Verde, que aun formando parte de la coalición de Gobierno, se ha opuesto a la reforma.

LEY «ESTÚPIDA Y PELIGROSA» / «La nueva ley es estúpida y peligrosa», espetaba por su parte en el diario The Irish Times el escritor e impulsor del movimiento ateo en Irlanda, Michael Nugent. «Es estúpida porque reaviva un delito religioso medieval en una república moderna y plural. Y es peligrosa porque refuerza el concepto de ultraje religioso, al convertirlo en el primer detonante para definir la blasfemia». Los argumentos del ministro de Justicia para defender la normativa resultan inquietantemente ambiguos. Según Ahern el castigo no afectará a los trabajos literarios, artísticos, políticos, científicos o académicos que «una persona razonable» considere válidos.

UN DELITO QUE YA CONSTABA / El delito de blasfemia ya figuraba en la Constitución irlandesa, pero el término era tan difuso que en la práctica resultaba inaplicable. En 1999, cuando se denunció a un periódico por publicar el chiste de un dibujante riéndose la Iglesia católica, el juez que dirimió el caso resolvió que no podía haber procesamiento, al no existir una definición legal de en qué constituía una blasfemia. Esa definición existe ahora y puede aplicarse. Los detractores de la ley piden que el concepto se borre de la carta magna irlandesa, lo que según establecen las normas del país, requiere someter el cambio a referendo.
El Gobierno irlandés pretextaba que organizar la consulta costaría demasiado caro, y más en tiempos de crisis, pero en los últimos días, Irlanda ha fijado la celebración de un segundo referendo sobre el tratado de Lisboa para el 2 de octubre. Quienes abogan por la abolición piden que el tema se incluya en la cita con las urnas, pero las autoridades no parecen estar por la labor.

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Texto aprobado

Página 8.
[Sección 35]
 
SECCIÓN 35
 
35. –(1) La persona que publique o pronuncie un contenido blasfemo será culpable de ofensa y será condenado al pago de una multa que no excederá los 25.000 €
 
(2) Para los propósitos de esta sección, se considerará que una persona publica o pronuncia un contenido blasfemo si-
            a) Él o ella publican o pronuncian un contenido que es extremadamente abusivo o insultante en relación con asuntos considerados sagrados por cualquiera de las religiones, y por tanto causando escándalo a un número sustancial de seguidores de esa religión, y
            b) Él o ella pretenden, con la publicación o pronunciación de ese contenido, causar tal escándalo.
 
(3) El acusado podrá probar en su defensa que una persona razonable podría encontrar únicamente un valor genuinamente literario, artístico, político, científico en el asunto que se refiere a la ofensa.
 
(4) En esta sección “religión” no incluye ninguna organización o culto-
            (a) cuyo principal objetivo sea obtener un beneficio, o
            (b) que utilice manipulación psicológica opresiva-
                        (i) de sus seguidores o
                        (ii) con el propósito de ganas nuevos adeptos
 
36.-(1) Cuando una persona sea acusada de una ofensa recogida en la sección 35*, el tribunal puede establecer una orden-
            (a) autorizando a cualquier miembro del Cuerpo de la Garda (Cuerpo Nacional de Policía) a entrar (si fuese necesario haciendo uso de la fuerza) a cualquier hora, en cualquier lugar (incluyendo domicilios particulares) donde él o ella tengan indicios razonables para creer que existen copias del documento que hace referencia a la ofensa, buscar dicho material y confiscar y retirar todas las copias de dicho material encontrado en el lugar.
            (b) continuando con la confiscación y retiada por cualquier miembro de la Garda, de todas las copias del material que se refieren a dicha ofensa que estén en posesión de cualquier persona.
            (c) Especificando la manera en que las copias confiscadas y retiradas serán retenidas y almacenadas por el Cuerpo de la Garda.
 
(2) Un miembro del Cuerpo de la Farda puede-
            (a) entrar y buscar cualquier indicio
            (b) confiscar, retirar y retener cualquier copia de material que contenga una ofensa referida en la sección 35 bien se encuentre en un lugar físico o en posesión de cualquier persona
 
De acuerdo con lo expuesto en la subsección (¡)
 
(3) Tras la resolución final por el procedimiento de ofensa recogido en la sección 35, se dispondrá de cualquier material confiscado y retirado bajo lo recogido en la subsección (2)  de acuerdo con las directrices que dicte el tribunal y será llevado a cabo por un miembro de la Garda.

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