RESUMEN: La tesis que sostenemos en este trabajo es que el ideario educativo constitucional vendría a identificase con el interés del menor, que está referido al libre desarrollo de la personalidad y se concreta en el ejercicio de los derechos fundamentales. La identificación del ideario constitucional con el interés del menor permite comprender mejor el papel que desempeña en el sistema educativo y que su transmisión, de forma transversal en las diferentes asignaturas o con una asignatura específica, no supone un menoscabo de la neutralidad del Estado y del pluralismo educativo. Así pues, el artículo 27.2 CE vendría a reconocer, junto con el ideario constitucional, el interés del menor, que sería el derecho a recibir una educación en los términos prescritos en él; es decir, una educación que permita el desarrollo de la personalidad en el marco del respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos fundamentales.
Conservando su Memoria 04.09 – Laicismo I: ¿Educación? ¡es el Mercado, amigo!
Tergiversando conceptos como libertad y derechos, los conciertos educativos son hoy el principal factor de segregación de este…