La procuradora fiscal García Netto consideró que la acusación que se formuló por el caso en el cual el sacerdote fue condenado por abuso de menores, no violaba garantías constitucionales.
La procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Irma Adriana García Netto, dio dictamen en las causas que que se trataban distintas cuestiones vinculadas a los expedientes mediante los que se había juzgado a Julio César Grassi.
Según informó el portal provincial “Fiscales”, en el primero de los casos, García Netto entendió que los argumentos no eran válidos y, en línea con la procuradora general de la provincia María del Carmen Falbo, señaló que debía rechazarse el recurso extraordinario.
La sentencia provino de la Sala II del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires. La misma había confirmado el fallo del Tribunal Criminal N°1 de Morón, que lo había condenado como “autor de dos delitos de abuso sexual agravado por ser sacerdote, encargado de la educación y guarda de la víctima, en concurso ideal con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y la guarda cometidos en perjuicio del niño”.
Sobre este punto, la defensa de Grassi había cuestionado la acusación, buscando revocar la sentencia condenatoria. Cosa que no se producirá.
Por otro lado, García Neto dictaminó en los expedientes en los cuales el sacerdote había resultado absuelto por el abuso sexual de otros dos niños, que también estaban bajo su guarda.
En este caso, y en línea con lo que en su momento había dictaminado la titular del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, consideró que correspondía revocar la decisión absolutoria “para que, por medio de quien corresponda, se dicte una nueva sentencia conforme a derecho”.