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Entrevista a Ramiro García de Dios, juez durante 31 años, sobre la ley «Mordaza»

Ramiro García de Dios, juez durante 31 años, asegura que hay una insuficiencia en el control de las actuaciones policiales.

Ramiro García de Dios ha sido juez 31 años, hasta que se jubiló en 2018. Su defensa de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución le han valido varias denuncias por parte de miembros de la Policía.

Como juez, ha tenido una relación diaria con la Policía durante buena parte de este periodo democrático de España. ¿Considera suficientes los mecanismos de control que hay sobre este cuerpo?

Mi experiencia a lo largo de 31 años me permite concluir que hay una insuficiencia en el control de las actuaciones policiales, tanto desde los mecanismos de control internos del propio subsistema policial, como son las brigadas de asuntos internos, como, por supuesto, de control externo, es decir, la actividad jurisdiccional tanto por la vía penal como contencioso administrativa. Es cierto que en el plano teórico existe un elenco de posibilidades de control, pero no es menos cierto que en relación con las irregularidades del subsistema policial, ya sean actuaciones arbitrarias, violentas o de otro tipo, el sistema judicial, en unos casos, mira para otro lado, en otros, es complaciente. Y, desde luego, se han consagrado una serie de privilegios en cuanto a la investigación judicial y el enjuiciamiento penal de aquellos casos ilícitos cometidos por agentes como torturas, malos tratos, detenciones ilegales, abusos contra la dignidad de las personas. Por ejemplo, todos los policías gozan de un fuero en relación con los delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos y, por ello, en vez de ser juzgados por lo penal, lo son por audiencias provinciales, lo que les garantiza el recurso de casación, al que un ciudadano normal solo tiene acceso en determinados casos. Además, cualquier estudioso podrá observar cómo las escasas condenas a agentes por acciones en el ejercicio de su cargo tendrán penas no precisamente acordes con la gravedad de los delitos. En otros casos, las condenas han brillado por su ausencia y en otras no pocas ocasiones, cuando han existido condenas graves, el Tribunal Supremo o las Audiencias Provinciales han pedido su indulto y los gobiernos de turno los han concedido.

¿Cómo se traduce esa ‘impunidad’ en su labor?

En la pregunta va incluida la respuesta porque esa garantía de una cierta impunidad produce que el subsistema policial se refuerce en sus prácticas arbitrarias, en su resistencia cultural, activa o pasiva, a la aplicación garantista del Derecho y, desde luego, en una interpretación reductora de los derechos, libertades y garantías. Así, en general, los agentes tienen una autoconciencia de poder actuar arbitrariamente porque se sienten amparados por el poder Ejecutivo o por el distanciamiento del control judicial respecto a sus actuaciones. Un distanciamiento que se traduce en esa consideración de que los agentes son funcionales a la necesidad de un sistema eficiente en relación con las garantías. Esta impunidad produce lo que Walter Benjamin dijo cuando definió a la Policía como una mezcolanza de dos especies de violencia: la que pone el derecho y la que lo conserva.
En 2016, el sindicato Unión Federal de Policía formuló una queja ante el CGPJ en la que le acusaban de “trato déspota” a unos agentes antidisturbios en el CIE de Aluche por recriminarles que fueran con armas de fuego, con chalecos antibalas, cascos… en una visita que realizó al mismo como juez de control con otros magistrados.

¿Qué lucha de poderes se está librando cuando la Policía denuncia a un juez por exigir el cumplimiento de la ley?

Ninguna de las denuncias que he tenido que aguantar a lo largo de mi carrera como juez me ha perturbado ni inquietado, porque estoy acostumbrado a conocer las actuaciones irregulares de la Policía. En el caso de las que interpusieron sindicatos policiales por mi labor como juez de control del CIE de Aluche, porque también las he recibido como juez de instrucción, venían promovidas por el jefe de seguridad -posteriormente director del centro- o por otros agentes con el fin de amedrentarme. Y son consecuencia de una Transición absolutamente desgraciada que no rompió con los aparatos represivos de la dictadura franquista por lo que los agentes piensan que un juez garantista es peligroso para sus actuaciones policiales. Lo que más ha molestado al director del CIE de Aluche, como a otros agentes, es que como juez tuviese actuaciones de control garantista de sus actuaciones en relación con los derechos y libertades de las personas en privación de libertad, ya fuese allí, en una cárcel o en los calabozos de una comisaría.

¿Cómo definiría el lenguaje específico que se emplea en los atestados policiales?

Es un lenguaje que se aplica cuando se trata de manipular la realidad para así enmascarar las irregularidades en relación con las actuaciones policiales sobre personas que no han hecho nada. Un ejemplo sería: “Que X iba caminando de forma atenta y tratando de ocultarse y al ver la presencia policial cambió de acera en actitud huidiza, con lo cual hizo sospechar a los agentes de la posibilidad de haber cometido un delito, por lo cual le dieron el alto, y entonces el sujeto trató de zafarse de la actuación policial, por lo que los agentes se vieron obligados a desencadenar la fuerza proporcional”. Estos son los términos habituales: “actitudes sospechosas”, “huidizas”… Otro ejemplo sería cuando hay gente joven sentada en un banco, pasa un coche policial y en el atestado dicen que los mismos se rieron a su paso y “por tanto, los agentes se vieron obligados a llamarles la atención. Los jóvenes les profirieron insultos y…”. Así se va engordando el atestado policial hasta justificar una detención absolutamente irregular o el uso de la fuerza de manera ilegítima sobre esas personas.

También nos encontramos atestados más complejos como los que elaboró el teniente coronel Baena de la Guardia Civil sobre el Procés, donde se va haciendo un relato absolutamente tramposo, en el que se mezclan suposiciones, presunciones, juicios de valor y sospechas… Y con todo ello, pretende construir un atestado como un mecanismo expresivo de fuentes de pruebas o de indicios de la comisión de delitos. En el caso del Procés salieron condenados por el Supremo, pero esto también se puede leer en los atestados que elaboraron el mismo Baena y el coronel Pérez de los Cobos sobre el major Trapero. En la sentencia se hace una crítica de las declaraciones de estos dos mandos de la Guardia Civil que, mediante suposiciones, trataron de involucrar al major, a la intendente Laplana y a otros mandos de la Generalitat como autores de delitos de rebelión o sedición. Construyeron unos atestados que elevaban sus opiniones, y en algunos casos afirmaciones carentes de sustento real, a pretendidos indicios para así fundar pruebas de cargo.

También ha seguido con atención el caso de Isabel Serra, condenada por su participación en la protesta para paralizar un desahucio en Madrid.

Fueron a por ella. Una de las agentes de la Policía Municipal la conocía, sabía que era una líder estudiantil y de movimientos sociales. A raíz de las protestas contra ese desahucio, ella y otros agentes articularon un relato en el que fijan una serie de hechos y colocan a Serra como partícipe de ellos. Ella estaba allí y se produjeron esos hechos, pero ni ella lanzó botes, ni piedras ni nada, ni profirió insultos o agarrones contra ningún agente. Los hechos habían ocurrido años atrás y me llamó la atención cómo la agente municipal verbalizó un relato construido de memoria de acuerdo a lo que habían dicho en el atestado. En la jurisdicción penal la declaración de un policía no goza de la presunción de verdad como en una denuncia por lo contencioso-administrativo. Pero hay una degradación del sistema judicial por la que se tiende a dar más veracidad a la declaración de los policías. Y por eso fue injustamente condenada.

¿Ha visto una evolución en el patrón de las prácticas irregulares de la Policía en estos 30 años?

Hay menos denuncias por maltrato policial que en los años 90, pero se mantiene el tipo de personas detenidas o abordadas por actuaciones policiales. En los nueve años que he sido juez de control del CIE de Madrid ha habido muchas denuncias por trato verbal degradante, de contenido racista, humillante, xenófobo. Y eso sí se ha mantenido.

El gobierno de Rajoy cambió la cesión de la formación de la Academia Policial de Ávila de la universidad pública a la privada Universidad Católica de Ávila. ¿Cómo ha influido en sus planes educativos?

No tengo conocimiento de cómo se han dado los contenidos, pero sí de que los planes de formación de la Academia de Ávila no son lo rigurosos que deberían ser en materia de derechos humanos, de comprensión por parte de la policía sobre la práctica acorde a esos derechos y en la interiorización de que los agentes deben ser unos servidores públicos y los principales garantes en el respeto de la dignidad de las personas. Hay una ausencia de planes formativos que contribuyan a dotar a los agentes de la Policía de un caudal de conocimientos bien claros, precisos e interiorizados de que deben de actuar siempre en defensa de la libertad, la integridad física y moral y la dignidad de las personas sin incurrir en falsificaciones, falsedades u omisiones.

Pero usted sostiene que esta fragilidad en el respeto de los derechos fundamentales por parte de agentes de la Policía es útil al poder Ejecutivo.

Es funcional al poder Ejecutivo precisamente porque este pretende que la Policía sea eficiente para dar tranquilidad a las pretensiones que existen en sectores sociales en relación con lo que podríamos llamar la alarma social y los mecanismos de defensa social. Si cogemos, por ejemplo, el tema de actualidad de las llamadas ocupaciones de viviendas, es evidente que si la Policía actúa irregularmente en relación con las mismas, hay sectores sociales que van a aplaudir esa respuesta y, por tanto, al poder Ejecutivo no le disgusta que se produzcan ese tipo dedisgusta actuaciones.
En los años 90, siendo ministro Corcuera, se trató de dar legalidad, a través de la primera ley de seguridad ciudadana –la llamada patada en la puerta– a que el policía pudiera entrar en un domicilio diciendo que se está cometiendo un delito flagrante cuando este solo se puede decir que se está produciendo si se ve. Se trata de un ejemplo más para explicar por qué estas actuaciones policiales son eficientes y, por lo tanto, el poder Ejecutivo mira para otro lado o trata de evitar su persecución.

También llama la atención que mientras los mossos d’Esquadra han aprobado que sus agentes antidisturbios lleven un sistema de perfecta identificación con números cortos y visibles en la espalda, el casco y en el parte frontal, en la Policía Nacional y en la Guardia Nacional cualquiera puede comprobar que es muy difícil la captación de esas identificaciones. Se trata de otro medio más para garantizar la impunidad. Es más. Los agentes del subsistema policial se han negado en numerosas ocasiones a que quede filmado lo que ocurre en las salas de interrogatorios. En los juzgados se graban todos los interrogatorios y los juicios. Pero parece que al subsistema policial le molesta.

¿Ha juzgado casos de irregularidades en la Policía?

En 31 años, solo he tenido dos casos que afectaban a agentes. Uno fue en Bilbao, en relación con policías que falsificaban pasaportes para el tráfico de mujeres con fines de explotación sexual. Y otro en Madrid, por el que varios agentes practicaban sobornos y cohechos.

¿Es habitual que un policía denuncie a otro agente por prácticas irregulares? ¿El sistema policial lo favorece o lo castiga?

Depende del tipo de actuación que se denuncia. Si es relativo a prácticas de corrupción, de conexiones con narcotraficantes o con delincuentes que se aprovechan de confidencias por parte de un agente, las brigadas de asuntos internos lo hacen lo mejor que pueden porque se trata de las acciones que ellos consideran que “pueden manchar el buen nombre del nombre”. Otra cosa es cuando se trata de denuncias por malos tratos, torturas, humillaciones, agresiones verbales, por golpear a personas… Entonces hay un cierre en banda por parte del resto de compañeros que lo consideran un traidor. Por eso es muy difícil encontrar agentes dispuestos a denunciar. Así que la protección real de ese agente dependerá de si la denuncia llega a asuntos internos y de que esta brigada actúe sin revelar el nombre del denunciante.

Numerosas investigaciones han demostrado que en Alemania, Italia y Francia hay un verdadero problema por la cantidad de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y del Ejército afines y/o miembros de organizaciones filonazis y ultraderechistas. En España, VOX ha desarrollado desde su inicio una estrategia para ganarse el apoyo de policías, guardia civiles y militares. ¿Lo está consiguiendo?

Me jubilé hace dos años, así que como juez no he tenido un número de casos que me permita concluir la existencia de una conexión fuerte de agentes de policía con VOX. Lo que sí he visto a lo largo de mi ejercicio judicial en relación con agentes de policía imputados o testificales, sobre todo en la jurisdicción penal, son numerosas expresiones y declaraciones de pensamiento neofranquista y reaccionario. Y como ciudadano estoy atento a la realidad y esta me dice que, mayoritariamente, el sindicato JUSAPOL no es más que un sindicato de VOX metido en la Policía Nacional y en la Guardia Civil. Y hay otro dato: el análisis de las zonas de votación demuestra que donde existen acuartelamientos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil hay un mayor número de votos a VOX.

La Transición se hizo como se hizo y no creo que haya habido una conversión repentina de lo que puede ser el aparato militar a unos principios plenamente democráticos. Hay que pensar que la Ley de Seguridad Ciudadana, la Ley Mordaza, fue elaborada en gran parte por comisarios de la Policía y por mandos de la Guardia Civil. Es un proyecto del Ejecutivo que entonces estaba gobernado por el PP, que fue aprobado por el poder legislativo. Pero la Ley Mordaza no es una ley ideológica del PP sino una ley ideológica del subsistema policial.

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