Varias comunidades aprovechan resquicios legales para coaccionar a las mujeres en su decisión de interrumpir el embarazo – El Gobierno no permitirá que se vulnere la ley
El camino hacia el aborto en la nueva ley está lleno de piedras. Algunas grandes y difícilmente eludibles. Otras, pequeños guijarros. Todas dificultan el acceso a la prestación y contradicen el espíritu de la normativa: que solicitar la intervención sea algo sencillo y gratuito. Sin embargo, las maniobras disuasorias de algunas comunidades dificultan a sabiendas el camino a la mujer, y a ello se unen otros pequeños obstáculos. Trabas como la de Navarra, que aduce que el 100% de sus médicos son objetores y envía a abortar a otras regiones. Desequilibrios como que el que sufren las catalanas que, si no demuestran falta de recursos, deben adelantar de su bolsillo el dinero de la intervención -entre 300 y 600 euros, según el tiempo de gestación-. O demoras interminables y a veces imposibles, como la que impone la Comunidad de Madrid. Las mujeres de esta región que quieren recibir la prestación gratuita deben esperar unas tres semanas. A falta de un periodo de encaje, el panorama es desigual. Los Ministerios de Sanidad e Igualdad estudian la situación y aseguran que no van a permitir vulneraciones de la ley.
– Dilatación del plazo. La Comunidad de Madrid asegura que, aunque la critica, acata y aplica la ley. Sin embargo, impone a las mujeres un enrevesado mecanismo para acceder a la intervención. Un circuito por el que deben peregrinar (centro de salud-trabajador social-clínica privada y centro de interrupción del embarazo para, por último, volver a intervenirse a la clínica) si es la sanidad pública quien cubre el aborto. Y otro escollo: las mujeres deben esperar unas tres semanas para abortar. Algo grave porque en estos casos el tiempo es crucial: desde la semana 14 hasta la 22, la mujer solo podrá abortar si acredita un problema de salud.
¿Qué ocurre cuando alguna solicita un aborto al borde del plazo libre? "La mayoría prefiere no esperar. Intentan hacer un esfuerzo económico y acceder a la prestación por lo privado", dice Luisa Torres, trabajadora social de la clínica Dator de Madrid. La diferencia está clara: pagar unos 380 euros, y aguardar solo los tres días obligados de periodo de reflexión, para abortar por lo privado. El sistema de Madrid busca, según Torres, disuadir a la mujer de que reclame su derecho a una intervención gratuita.
Para Isabel Martínez, secretaria general de Políticas de Igualdad, Madrid está "sorteando la ley de una manera torticera". Critica las pegas y los paseos y argumenta que la nueva ley define que el acceso a la prestación debe ser "sencillo". Lo mismo opina el secretario general de Sanidad, José Martínez Olmos, que ve el sistema madrileño como "una manera de no cumplir la ley".
La situación para las mujeres es difícil. En la unidad de Interrupción Voluntaria de Embarazos (IVE) madrileña, saturada de trabajo, dan prioridad a las menores, a las que presentan alguna patología o a las que están al borde del límite de acogerse a la ley de plazos. Pero no siempre se puede adelantar la cita. El lunes, una mujer con una patología psiquiátrica grave solicitó un aborto. Exponía que no podía aguardar ni los tres días obligatorios. Se apoyaba en un informe médico, pero tendrá que esperar ocho días para una intervención que su médico consideraba urgente.
– Desigualdades económicas La interrupción voluntaria del embarazo está recogida en el catálogo de prestaciones de la sanidad pública, que debe financiarla. Y si en un plazo de 10 días la solicitante no recibe respuesta de su administración puede intervenirse en el centro que escoja y la comunidad autónoma deberá abonar el importe. Esto, que es un caso excepcional, no lo es en Cataluña, donde la mujer debe adelantar entre 300 y 600 euros que luego le devolverá la Generalitat pasado un mes y medio o dos. Solo quien acredite no tener recursos puede beneficiarse de la gratuidad inmediata.
"Con la nueva ley no tiene sentido el reintegro de gastos", dice Martínez Olmos. "Este sistema vulnera le ley. La comunidad debería pagar directamente la intervención", comparte Isabel Martínez, quien recuerda que para evitar casos como el catalán y el madrileño se establecieron en la ley los 10 días de silencio administrativo. El problema es que en ambos casos la administración contesta. La espera viene después.
– Derivaciones difíciles. Por ley las mujeres tienen derecho a someterse a la intervención en su territorio. Solo excepcionalmente podrán ser derivadas a otra región. Un resquicio legal del que se aprovecha ahora Navarra -Murcia lo intentó, pero rectificó-. En la comunidad foral, según la Consejería de Sanidad, no hay centros privados y todos los médicos de la pública son objetores de conciencia. Algo incierto: varios ginecólogos navarros firmaron un manifiesto en el que se mostraban dispuestos a practicar la intervención. La comunidad hizo caso omiso y las navarras siguen igual que con la ley anterior.
En Castilla y León, donde hay tres clínicas privadas, solo está concertada una de ellas, en Valladolid. Y solo se deriva a este centro a las mujeres de la provincia. Las de León, por ejemplo, deben viajar a Madrid -donde la Junta tiene convenios- si quieren que la sanidad pública pague la intervención. La Consejería de Sanidad de esta comunidad se negó a dar información sobre estos acuerdos, también sobre las derivaciones de las mujeres. La documentación que se les entrega, sin embargo, lo especifica: solo se abonarán los gastos si se acude a una clínica concertada. Un sistema que, según Martínez Olmos, contraviene la ley: "Si hay clínicas en esa región y más aún, en esa provincia, las derivaciones no podrían hacerse, salvo cuestiones médicas".
– Documentación desigual. Al interesarse sobre el aborto, la mujer recibirá un sobre cerrado con información sobre las ayudas a la maternidad, documentación elaborada por el Ministerio de Igualdad que deberá completar cada región de la forma que quiera. A esta premisa se ha acogido, por ejemplo, la Comunidad Valenciana, que entregará a la mujer información visual sobre la formación de la vida y la trascendencia ética de abortar. Todo a pesar de que la ley dice que la documentación entregada debe ser clara, objetiva y "exenta de presión para la mujer". El Gobierno estudia ahora la posible vulneración de la ley de la iniciativa de Valencia. "Esperamos, además, que las mujeres denuncien estas agresiones", dice Isabel Martínez.
Una opción que comparte Justa Montero, de la Plataforma de mujeres ante el Congreso. "Esta ley, que quería acabar con las inequidades, está generando otras. Temíamos que ocurriese algo así con el asunto de la documentación. Es una estafa", dice.
Al caso valenciano se añaden otros. La sanidad gallega publicita en su web, en el apartado de información sobre el aborto, la Red Madre, asociación antiabortista que incluye en ese espacio datos como que el aborto "duele y es violento", es la causa de la ruptura de la pareja y entraña riesgos físicos y psicológicos. Documentación que puede considerarse coercitiva, como la valenciana.
– Sin confidencialidad. La nueva ley marca confidencialidad para la mujer desde que pide información sobre el aborto. Para ello se ideó un mecanismo de codificación de los datos que algunas autonomías no aplican. En Cataluña, según la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (Acai), se obliga a identificar a las mujeres cuando se les entrega el sobre de documentación. En Madrid ocurre algo similar. Algunos hospitales solicitan a las clínicas concertadas el nombre de la mujer, cuando estas les remiten la factura de la intervención. Hechos que, según Martínez Olmos, "serían denunciables".
Claves de la nueva normativa
– Plazos. El aborto es libre hasta la semana 14. La mujer, tras recibir información sobre las ayudas por maternidad y esperar tres días de reflexión, podrá abortar sin dar motivos.
– Indicaciones, hasta la semana 22. La mujer podrá interrumpir el embarazo en caso de grave riesgo para su vida o para su salud, o si el feto sufre graves anomalías.
– Malformaciones. Solo se podrá abortar tras la semana 22, y sin límite de tiempo, si el feto tiene una malformación grave. Lo analizará un comité de expertos regional.
– Menores de 16 y 17 años. Pueden tomar solas la decisión de abortar, pero deben informar a uno de sus padres, que tendrá que acompañarlas a la clínica. Solo si la menor alega conflicto familiar se puede prescindir de ese trámite.