Es casi imposible en unas cuantas líneas fijar una posición concreta ante este hecho, nada novedoso, pero muy complejo, porque se tiende a desenfocar de forma muy interesada el problema desde diferentes ámbitos: políticos, religiosos, mediáticos, etc. Por ello aunque haya miembros del Gobierno que se empeñen en manifestar, equivocadamente: –que no existe tal problema. Nos da pié a proponer un debate sereno y reflexivo a nivel social y político: Por ello nos hacemos algunas preguntas para la reflexión y proponemos una serie de consideraciones y principios:
No es la primera vez que ocurre: Ha habido y están sucediendo casos en centros escolares de todo el Estado con ciertas prácticas religiosas y costumbres ancestrales familiares que atentan contra los derechos fundamentales de la infancia, en especial de las mujeres-niñas. No afloran por hipocresía social y política, por comodidad y, en última instancia, para evitar conflictos (sociales y mediáticos). Algunas consideraciones y ejemplos:
- 1 – Hace algún tiempo un imán en una ciudad española de gran población musulmana amenazó al Estado con esta soflama: –O velo o escuela.
- 2 – Desde posiciones políticas de izquierda, centro y derecha, se incentivan prácticas religiosas en centros de titularidad pública, además de financiar con fondos públicos centros de ideario católico.
- 3 – Infinidad de cargos públicos (de todo color y condición), el jefe del estado, fuerzas de seguridad, militares, jueces juran (o prometen) delante de símbolos religiosos y participan oficialmente en actos católicos.
- 4 – La Conferencia Episcopal española está a favor del velo: Es curioso, pero entendible, que en esta cuestión coincida con una parte de la izquierda sociológica y política y no con una gran mayoría de la derecha confesa.
- 5 – En muchos espacios públicos perviven símbolos católicos, todavía.
- 6 – Este embrollo ideológico se entiende cuando desde el poder político y religioso se impulsa un Estado multi-confesional, frente al Estado laico.
Es muy importante no confundir el significado de libertad religiosa, con la libertad de conciencia y de convicciones Ésta pertenece al ámbito de cada persona. Aquella al ámbito comunitario religioso y organizado, cuyo objetivo es el ocupar el máximo de espacios públicos y, generalmente, tratar de imponer sus normas y dogmas al conjunto de la ciudadanía, incluso en contra de leyes democráticas. Una afirmación: En la mayoría de ellas, en mayor o menor medida, la mujer es considerada un ser inferior que se ha de someter al varón, utilizando, en cada caso, diversas fórmulas.
Algunas preguntas relacionadas con los centros de enseñanza y las formas de vestir, comportamientos y actuaciones del profesorado y el alumnado: ¿Las aulas y los centros deben ser lugares donde se distingan, estigmaticen, agrupen y segreguen de acuerdo con sus convicciones o tribus de pertenencia? ¿Gorros, velos, sombreros, bufandas, pasamontañas, y otras formas de vestimenta deben de ser una consideración a tener en cuenta en las normas de urbanidad y decoro que se ha de tener en las aulas? ¿Los centros de enseñanza financiados con fondos públicos son lugares donde se desarrolle proselitismo religioso o de otra convicción particular?
En el caso que ocupa y observando las soluciones (más o menos acertadas) que se han dado en otros países de nuestro entorno: El hiyab, nada tiene que ver con la shayla y ésta mucho menos con el burka, el niqab, o el chador. ¿Éstas son prendas de vestir o símbolos religiosos? ¿Son elementos de marginación hacia las mujeres en según qué lugares o clase social, o no? En general los símbolos suelen ser utilizados como ámbito de pertenecía y distinción, pero también como instrumentos de poder y segregación. Este debate lo tenemos que hacer, queramos o no. Hemos de tener cuidado de no confundir el islám, con islamismo, pero sobre todo hemos de evitar posiciones que propicien rechazo o fobia social contra cualquier religión o convicción y, por supuesto, no admitir ni ser tolerantes con integrismos de cualquier naturaleza.
Varios principios que Europa Laica promueve para el ámbito escolar: El Estado ha de velar por la laicidad en la Enseñanza. El Estado tiene la obligación de garantizar los derechos de la infancia (todos) incluidos el de educación y el de la libre conciencia individual. Las escuelas no deben de ser autónomas para tomar decisiones que tengan que ver la libre conciencia y los derechos fundamentales, ello corresponde al Estado. Los niños y niñas no han de ser segregados en función de las creencias de sus familias. La escuela ha de fomentar la urbanidad y los derechos y deberes cívicos. La simbología, el dogmatismo y el proselitismo religioso o de otra naturaleza, ha de estar alejado de las escuelas financiadas con fondos públicos. El Estado (el Gobierno) no debe esconderse más. Hay que normalizar esta situación, después de un debate reflexivo y sereno, bajo el principio: Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
Una Ley de Libertad de Conciencia es cada vez más urgente, ofrecemos un texto como propuesta