La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Arzobispado de Oviedo contra el Decreto del Principado por el que se regula la ordenación y se establece el currículo del Bachillerato en Asturias, anulándose dicho decreto en lo que respecta a primer curso de Bachillerato por lo que se refiere a la enseñanza de la Religión, por existir vulneración del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación por motivos religiosos, únicamente por la no previsión en este curso de una asignatura complementaria a la religión, con igual carga lectiva.
En la misma sentencia se desestima la misma reclamación para segundo curso de Bachillerato por considerar que en este curso no es obligatoria la oferta de la religión como asignatura, y por tanto, no se vulnera ninguno de los acuerdos con la Santa Sede.
Sentencia: