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El Supremo admite a trámite el recurso contra el veto al ‘burka’ en Lleida

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña avaló el acuerdo del Ayuntamiento del municipio de prohibir el uso de esa prenda en edificios públicos

El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso presentado por la asociación islámica Watani contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que avaló el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el uso del burka y el niqab y otras prendas que tapen el rostro en edificios y equipamientos municipales. El abogado de Watani, una entidad de escasa representación entre el colectivo musulmán, ha explicado hoy que el alto tribunal ha admitido el recurso en su integridad al considerar que ha superado los requisitos establecidos.

La notificación de la admisión del recurso se ha hecho efectiva a través de una providencia de la Sección Tercera de fecha de 14 de octubre, por la que envía las actuaciones a la Sección Séptima para que dicte la sentencia oportuna. Esta resolución del Supremo será notificada ahora al Ayuntamiento de Lleida para que pueda oponerse y formular alegaciones. El recurso de Watani se sustenta en los mismos argumentos utilizados ante el TSJC, que falló el pasado mes de junio a favor del consistorio leridano.

Este tribunal consideró que, en la cultura occidental, la ocultación del rostro en la realización de actividades cotidianas produce una perturbación en la tranquilidad y reconocía al Ayuntamiento de Lleida "plenas competencias" para prohibir el acceso a los espacios municipales o permanecer en su interior con vestimentas que oculten el rostro.

El TSJC invocaba en la sentencia razones de seguridad y de orden público para avalar el veto al burka por parte del consistorio leridano, del que dijo que no había vulnerado derechos y libertades fundamentales de la persona. Y el atribuía poder sancionador, uno de los motivos del recurso de Watani. La sentencia señalaba que el uso del burka o similar, portado exclusivamente por mujeres, resulta "difícilmente conciliable" con uno de los valores y principios irrenunciables en nuestra sociedad, y del cual España es un país "pionero en la defensa, promoción y efectividad, cual es el de la efectiva igualdad entre mujeres y hombres, y ello con independencia de que su uso sea voluntario o no".

Lleida fue la primera ciudad española en modificar sus ordenanzas, en octubre de 2010, para prohibir el velo islámico en recintos municipales. La medida está en vigor desde el pasado 9 de diciembre, aunque estuvo suspendida cautelarmente unos meses por el TSJC debido al recurso de Watani que no prosperó.

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