Moncloa explica que lo acordado por el Parlamento no puede modificar los acuerdos entre España y la Santa Sede
La proposición no de ley pactada entre En Comú Podem y el PSOE no tendrá efecto en las exenciones de pago de IBI en templos, capillas, residencias de obispos y sacerdotes y otros locales de la Iglesia
El Gobierno no revisará la situación fiscal de la Iglesia católica a pesar de que una mayoría del Congreso ha votado para que eso suceda. La Comisión de Hacienda aprobó este miércoles una proposición no de ley que insta a iniciar la supresión progresiva de aportaciones a la Iglesia provenientes del IRPF.
La iniciativa, transaccionada entre Unidos Podemos y el PSOE, plantea también la necesidad de revisar las exenciones fiscales de las que disfruta la Conferencia Episcopal en impuestos como el IBI. Sin embargo, nada de eso se llevará a cabo por el momento.
Las peticiones aceptadas por el Congreso chocan con los acuerdos adoptados entre el Gobierno español y la Santa Sede. Al tratarse de acuerdos entre dos estados, tienen rango de ley y por tanto no pueden ser modificados por una simple proposición no de ley.
«Si el Parlamento dice mañana que reinstauremos la pena de muerte no lo haríamos porque es contrario a la ley», asegura a eldiario.es un alto cargo del Gobierno para explicar el escaso futuro que Moncloa augura a la iniciativa votada en el Parlamento.
Según fuentes del Ejecutivo, la decisión adoptada por el Congreso tan solo es «un mandato para que el Gobierno analice esta situación». La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes asegura que pasará la propuesta del Congreso a los dos ministerios afectados: Hacienda y Justicia.
Ninguno de los dos departamentos ministeriales podrá hacer prácticamente nada con la orden recibida por el Parlamento y Moncloa no prevé cambios sustanciales sobre la fiscalidad de la Iglesia católica.
Las relaciones económicas entre el Gobierno y la Iglesia están fijadas en el Concordato firmado por el Gobierno de Franco con el Vaticano en 1953. Las normas de ese acuerdo sufrieron variaciones con la llegada de la democracia pero en esencia continúan siendo económicamente muy rentables para la Iglesia.
El acuerdo atribuye a la Iglesia el disfrute de «la exención total y permanente de la contribución territorial urbana» para templos, capillas, conventos, residencias de obispos, canónigos y sacerdotes y aquellos locales destinados a oficinas de la curia diocesana y a oficinas parroquiales.
En 2013 el Tribunal Constitucional dictó una sentencia contra la pretensión del Gobierno de Navarra de limitar las exenciones a los inmuebles destinados al culto. En su sentencia, el alto tribunal aclaró que la Iglesia no debe pagar IBI por ninguna de sus propiedades inmobiliarias, en cumplimiento de los acuerdos adoptados entre ambos estados.
Aquella sentencia se produjo a instancias del Gobierno, que recurrió la ley aprobada por el Parlamento de Navarra. La norma que frenó el Constitucional pretendía lo mismo que ahora busca En Comú Podem con el apoyo del PSOE.
Ni impuestos ni control
Es la segunda vez en apenas unas semanas en la que el Congreso aborda cuestiones fundamentales relacionadas con las cuentas de la Conferencia Episcopal. El 9 de febrero el PP votó en contra de ordenar al Tribunal de Cuentas que incluya a la Iglesia en la lista de instituciones a fiscalizar. La ausencia durante el debate de la antigua CiU impidió que el Parlamento aprobara una orden que, en este caso, se tendría que haber asumido como una obligación.