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Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

El Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.

La Constitución Política de Colombia incorporó este derecho en los artículos 18, 19 y 20, los cuales garantizan, respectivamente, “la libertad de conciencia”, “la libertad de cultos” y “la libertad de toda persona de expresar su pensamiento y opiniones,…”

El ejercicio real resulta imposible por varias razones, entre ellas:

1. Los padres invocan el derecho a educar sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones;

2. En las instituciones educativas no explican a los estudiantes las diferencias entre las múltiples creencias religiosas, por la cual cada estudiante escasamente conoce el credo religioso paternal.

En consecuencia, ¿Cómo puede una persona escoger libremente una religión, o un partido político o una filosofía, si desconoce la diversidad de alternativas existentes en cada caso?

Cuando se habla de calidad de la educación debería considerarse esta situación. Sin el conocimiento científico de los aspectos anteriores resulta ridículo alardear de libertad, es como decir que existe democracia cuando ésta es proporcional al poder económico de los individuos o que el hijo de padres estrato uno tiene igualdad de oportunidades que el hijo del multimillonario estrato 10. En todos los niveles de la educación formal hacen falta docentes capacitados para explicar estas materias. Del mismo modo que para promover el bilingüismo se contratan docentes cuyas lenguas maternas sean distintas del español, lo mismo debería hacerse con la religión, la política, la filosofía.

Muchas veces los estudiantes no aprenden a distinguir los sistemas políticos, ni filosóficos, ni religiosos, pues no es común encontrar docentes que sepan explicar todas las doctrinas de manera objetiva. Un docente aferrado a su catolicismo es incapaz de explicar imparcialmente las diferencias entre la Biblia y el Corán o las distinciones entre las vertientes del cristianismo; un conservador retardatario ¿cómo puede explicar científicamente los planteamientos de la dialéctica materialista o del materialismo histórico?. Son imprescindibles los debates profundos entre concepciones opuestas. Hay que enfrentar, por ejemplo, a Alvaro Uribe con Carlos Gaviria, a Estanislao Zuleta con el Padre Farías, a Fernando Vallejo con el Cardenal Rubiano. De estos debates los estudiantes obtendrían un conocimiento de alta calidad.

La verdadera democracia debe entenderse en estos términos no como la entienden algunos: “quien más saliva tiene traga más hojaldra”; “si quiere expresar lo que piensa y los medios existentes no le ofrecen espacio, entonces financie su propio medio”; “para qué hacer concursos inútiles, uno tiene que trabajar es con los amigos”.

Derecho Libertad de pensamiento, conciencia y religion

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