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Musulmanes rezan en Ceuta (Foto: Antonio Sempere / Europa Press).

Denegada la nacionalidad a un imán por difundir el salafismo entre los jóvenes

Estuvo destinado en una mezquita de Fuenlabrada. Un chico de 17 años acaba de ser detenido con explosivos. Las Fuerzas de Seguridad alertan del adoctrinamiento yihadista a menores de edad

    Una operación antiyihadista de la Policía Nacional (Foto: Policía Nacional).
    Una operación antiyihadista de la Policía Nacional (Foto: Policía Nacional).

    — “El menor detenido por yihadismo en Sevilla tenía una bomba lista para su uso”.

    — “La Audiencia Nacional envía a prisión a dos jóvenes que captaban menores para el Daesh por toda España”.

    — “Un imán radical de Madrid aprovechaba sus clases para captar menores para Daesh”.

    — “La Guardia Civil detiene a dos menores por propagar ideología terrorista en plataformas de videojuegos”.

    Los anteriores son cuatro titulares de noticias publicadas desde el pasado mes de agosto hasta el 22 de enero, cuando un chico de 17 años y nacionalidad siria fue arrestado en Montellano (Sevilla) ante la sospecha de que podría cometer un gran atentado con explosivos en el instituto en el que estudiaba.

    La radicalización yihadista de jóvenes, cada vez de menor edad, está provocando preocupación en los servicios de información que luchan contra el terrorismo, que ven cómo las células terroristas captan a menores de edad.

    Precisamente por adoctrinar a jóvenes musulmanes en una visión del Islam especialmente rigorista le ha sido denegada la nacionalidad española a un imán que lleva más de una década residiendo en España.

    Alertas de los servicios de información

    Confidencial Digital ha consultado una sentencia reciente de la Audiencia Nacional, que avala la decisión del Ministerio de Justicia de denegar la concesión de la nacionalidad española a este extranjero. La sentencia no revela el país de origen de este hombre.

    Los servicios de inteligencia e información dan la voz de alarma en ciertas ocasiones, cuando se tramitan en el Ministerio de Justicia las solicitudes de nacionalidad española.

    El Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la Jefatura de Información de la Guardia Civil y la Comisaría General de Información de la Policía Nacional pueden intervenir en ese proceso y recomendar que al solicitante no se le permita convertirse en ciudadano español, por motivos de seguridad nacional.

    Comisaría General de Información de la Policía

    En el caso que resolvió la Audiencia Nacional con esta sentencia, la alerta la lanzó la Policía Nacional: concretamente, la Comisaría General de Información, especializada en captar información interés de interés para el orden y la seguridad pública, sobre todo volcada en la lucha antiterrorista, antes frente a ETA y ahora contra el yihadismo.

    La Comisaría General de Información elevó al Ministerio de Justicia un informe en el que recomendó denegar a ese imán residente en España que se le concediera la nacionalidad española.

    Posteriormente, cuando recurrió ante la Audiencia Nacional, el afectado alegó que cumplía con todos los requisitos que exige el Código Civil para adquirir la nacionalidad española: “Residencia legal y continuada durante 10 años, cuenta con domicilio sobradamente conocido en España, no tiene antecedente penal alguno tanto en el país de origen como en España, y está perfectamente integrado en la sociedad española, habiendo cursado la enseñanza obligatoria en España, residiendo durante más de 10 años en España y cumpliendo con todos y cada uno de los estándares de vida en España”.

    Los policías de la Comisaría General de Información habían puesto en duda eso de que “está perfectamente integrado en la sociedad española”. En su informe habían alertado de que este hombre era “responsable de una estrategia que atenta contra los valores constitucionales españoles”.

    Propaganda salafista entre jóvenes

    De acuerdo con el informe de la Policía Nacional, de este imán se sabía “que estaría favoreciendo que se difunda la versión más radical del Islam entre la comunidad juvenil musulmana en España”.

    Más concretamente, los agentes antiterroristas detectaron que propagaba entre jóvenes musulmanes “una versión salafista rigorista como la que ha procurado difundir internacionalmente la organización Hermanos Musulmanes, y que ha constituido un firme sustrato ideológico para las principales organizaciones terroristas islamistas y para sus principales líderes”.

    La referencia a los Hermanos Musulmanes, fundada en Egipto hace un siglo y con redes por países de mayoría musulmana y otros occidentales, no es baladí.

    Tal y como se contó en estas páginas, ya el CNI bloqueó la concesión de la nacionalidad española a un marroquí, al que señaló como “miembro activo del movimiento islamista radical Hermanos Musulmanes”.

    Ese informe del servicio de inteligencia advertía de que, en su empeño de obtener un estatus especial para los musulmanes en los países occidentales, los Hermanos Musulmanes actúan “en los ámbitos social, educativo, económico y político”.

    El imán de Fuenlabrada y los militares musulmanes

    En el caso más reciente que abordó la Audiencia Nacional, este imán era presidente de una asociación de jóvenes musulmanes, en España.

    Antes había ejercido “como imán de la mezquita Al Sunna de Fuenlabrada desde donde defiende y difunde una postura ultraconservadora del Islam, la salafista, muy peligrosa si se tiene en cuenta que su principal público son las juventudes musulmanas, las más susceptibles de caer en procesos de radicalización”, según la Comisaría General de Información de la Policía Nacional.

    ECD reveló en 2015 que el entonces imán de la mezquita Al-Sunna de Fuenlabrada, municipio del sur de la Comunidad de Madrid, recomendaba en un programa del canal de televisión Córdoba Internacional TV que los militares españoles de religión musulmana se acogieran a la “insumisión o a la objeción positiva” para rechazar acudir a lo que él llamaba “guerra injusta contra sus hermanos musulmanes”.

    En los años de mayor efervescencia yihadista del Daesh, que competía por captar fieles en Europa con Al Qaeda, en los servicios de inteligencia causaron inquietud ciertos mensajes que pretendían convencer a los musulmanes que hay en las Fuerzas Armadas de que su juramento a España era “infiel” y, tras ello, captarles para estas organizaciones terroristas.

    Se extendió el miedo a posibles “infiltrados” islamistas, especialmente en las unidades del Ejército de Tierra con base en Ceuta y Melilla, donde un porcentaje elevado de la población es musulmana, y donde también hay un número significativo de militares seguidores del Islam.

    El coronavirus, “un castigo de Alá”

    Este imán que pidió la nacionalidad española, y se la denegaron, difundía “ideología contraria a la seguridad nacional”, según la Policía.

    El informe que envió al Ministerio de Justicia relata un episodio llamativo. La Comisaría General de Información detectó que, durante el estado de alarma y el confinamiento domiciliario de la primavera de 2020 por la crisis sanitaria del coronavirus, este hombre realizaba “funciones religiosas online”.

    El día 23 de marzo de 2020 lanzó un ‘dars’, una lección o conferencia, “en el que habría afirmado, entre otras ideas, que la pandemia originada por el coronavirus es un castigo que Allah envía para castigar a los que se desvían del camino marcado por el profeta Muhammad”.

    Los policías analizaron ese ‘dars’ y concluyeron que “este mensaje relacionado con el retorno a los orígenes primigenios del Islam es de marcada naturaleza salafista, interpretación ultraconservadora del credo islámico en la que se basan las organizaciones terroristas de inspiración yihadista”.

    Trataba de dar imagen de moderado

    La Comisaría general de Información tenía bien marcado y controlado a este hombre, al que acusaba de tener “precedentes de salafismo rigorista a pesar de intentar dar imagen pública de moderación”.

    Para defender que no se le concediera la nacionalidad española, argumentó que se habían detectado “diversos indicios y precedentes que indican su participación en una estrategia de difusión en España de la versión más rigorista del Islam, la cual perjudica gravemente a la convivencia en los valores constitucionales españoles”.

    La Audiencia Nacional avala el veto

    Como es habitual en estos casos, el recurrente argumentó que la resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que le denegó la nacionalidad española no justificó suficientemente esa negativa.

    Pero los magistrados de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional concluyeron que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, “se considera que la denegación está debidamente motivada”.

    Entendieron que el informe de la Comisaría General de Información incluía “una explicación suficiente, razonada y concreta respetando al mismo tiempo las razones de seguridad nacional que exigen proteger determinada información”, es decir, que no todos los datos captados por la Policía Nacional se podían volcar en ese informe.

    Los jueces valoraron que el informe denunciaba que este imán “se encuentra estrechamente vinculado con el movimiento salafista, corriente fundamentalista del Islam que difunde un mensaje contrario a los principios constitucionales y al Estado de derecho”.

    La alerta policial indicaba además que el hombre “participa activamente en la expansión del ideario” salafista en España, y además el informe exponía específicamente en que consiste su participación.

    Por todo ello, “la Administración ha expresado los hechos que afectan al orden público o interés nacional que se imputan al recurrente en los que se basa la denegación de la nacionalidad”.

    Por el contrario, el solicitante de la nacionalidad no había justificado la buena conducta cívica durante el tiempo de residencia en España que exige el Código Civil: buena conducta que exige no sólo no infringir las prohibiciones impuestas por el ordenamiento jurídico penal o administrativo, sino además cumplir “los deberes cívicos razonablemente exigibles”.

    Así que los magistrados de la Audiencia Nacional desestimaron el recurso y avalaron la decisión del Ministerio de Justicia de denegarle la nacionalidad española, por motivos de seguridad nacional.

    Una operación antiyihadista de la Policía Nacional en Terrasa, Barcelona (Foto: Policía Nacional).
    Una operación antiyihadista de la Policía Nacional en Terrasa, Barcelona (Foto: Policía Nacional).
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