Declaración de MHUEL sobre la querella de la Asociación Estatal de Abogados cristianos contra Leo Bassi, el Ateneo Republicano de Valladolid y el Rector de la Universidad de Valladolid
El 23 de noviembre de 2010 la Asociación Estatal de Abogados Cristianos ha presentado una querella en un juzgado de Valladolidcontra el actor Leo Bassi, al considerarlo autor de una ofensa pública hacia la religión católica, con incitaciones al odio y violencia por razones confesionales, así como contra el Ateneo Republicano, como organizador de la conferencia-espectáculo, y contra el rector de la Universidad de Valladolid, Marcos Sacristán, como cabeza visible de la institución académica que prestó sus instalaciones, con motivo de una conferencia-espectáculo realizada por Leo Bassi el pasado 6 de octubre en el Paraninfo de la Universidad de Valladolid.
Ante tal hecho, la Asociación movimiento hacia un Estado Laico (MHUEL) considera indignante que los abogados querellantes denuncien un acto lúdico, abierto, en ningún caso de carácter institucional u obligatorio, y sin embargo, guarden un elocuente silencio ante la celebración de actos confesionales católicos convocados institucionalmente, y a los que asisten en calidad de sus cargos miembros de una institución pública como es una Universidad pública del Estado, contraviniendo el principio constitucional (16.3) de la aconfesionalidad el Estado.
Actualmente, La Organización de la Conferencia islámica (OCI) quiere imponer una legislación contra la "difamación de las religiones" y, de paso, validar las penas contra la blasfemia, que en muchos países del mundo está penada con multas, cárcel e incluso la pena de muerte.
Y en España aún se penaliza la denominada “blasfemia” y se contempla la posible ofensa de los sentimientos religiosos: “1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna” (artículo 525 del Código Penal).
MHUEL considera que el artículo 525 del Código Penal está en clara contradicción con el principio constitucional de la confesionalidad del Estado y sus instituciones, la libertad de opinión y de expresión, y la inclusión de cualquier idea, creencia y confesión dentro del ámbito privado, como un elemento integrante más del derecho común y universal a la libertad de conciencia.
Por todo ello, MHUEL Movimiento hacia un Estado Laico:
Exige la derogación del artículo 525 de Código Penal
Apoya al actor Leo Bassi, al Ateo Republicano de Valladolid y al Rector de la Universidad de Valladolid
Reivindica una Universidad realmente laica
Reivindica un Estado realmente laico y aconfesional
Zaragoza, 26 de noviembre de 2010