COMENTARIO: Las aportaciones del Ayuntamiento para reparar la ermita se han vuelto en su contra, al concederse como subvenciones a la parroquia, que ahora utiliza ese argumento para quedarse con ella. Así ocurre con la mayoría del patrimonio religioso en España.
El juzgado de Primera Instancia número 1 de Pamplona ha dictado una sentencia en la que atribuye a la iglesia parroquial de San Juan Bautista de Irañeta la propiedad de la ermita de San Gregorio, según ha informado el Arzobispado.
El Ayuntamiento de Irañeta inmatriculó a su nombre esta ermita, situada en el casco urbano de la localidad, el 18 de febrero de 2009, decisión que fue recurrida por la parroquia de San Juan Bautista, que solicitó que se declarase nula la inscripción y se reconociese la titularidad parroquial de la ermita.
Presentados los argumentos correspondientes por ambas partes, el juicio se celebró el 24 de octubre de 2011 y el pasado 29 de mayo el juez José Antonio González dictó sentencia favorable a la parroquia, subraya el Arzobispado en un comunicado.
En ella se afirma que "la Iglesia parroquial de San Juan Bautista de Irañeta es propietaria de la ermita de San Gregorio de la localidad de Irañeta", se declara "nula" la inscripción registral de la ermita a favor del Ayuntamiento "por ser contraria a derecho" y se condena al Ayuntamiento a pagar las costas.
El Arzobispado añade que en su argumentación el juez "da importancia a los datos aportados por los libros de cuentas de la Parroquia de Irañeta" y considera probado que ésta "ha poseído la ermita de San Gregorio como propietaria o en concepto de dueña, siendo la posesión pacífica, pública y continuada".
Y estima, además, según la misma fuente, "que las aportaciones que el Ayuntamiento de la localidad ha realizado en alguna ocasión para ayudar al sostenimiento de la ermita han sido hechas en concepto de subvención a la Parroquia".