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Capellanías: Un pago en la tierra para ir al Cielo pero sus rentas acaban lejos de Vejer

¿Qué ha ocurrido con las más de doscientas capellanías que existían en Vejer?… El historiador vejeriego Antonio Muñoz nos da algunas de las claves…

«Las capellanías básicamente están extinguidas, aunque las que tienen entidad mantienen la obligación de cumplir con sus principios»

«Actualmente hay más de treinta entre tierras y fincas urbanas cuyas rentas y beneficios van directos al Obispado»

«Quien tiene que denunciar esto es el párroco pero uno de los que denunció fue Antonio Casado y mira en qué situación se encuentra hoy»

“Pasada la vida terrena, todos los católicos deberán sufrir un largo tránsito por el Purgatorio para expiar los pecados veniales cometidos en vida, salvo los santos y santas que pasan directamente a gozar de la presencia de Dios en el Cielo o los malvados que se despeñan en el Infierno”. Así comienza el extenso y exhaustivo artículo del historiador Antonio Muñoz Rodríguez titulado ‘Las capellanías y formas de redención de penas del purgatorio (Vejer, SS.XV-XIX)’ y precisamente con este ilustre miembro de la Sociedad de Amigos del País hemos mantenido un encuentro para hablar sobre estas fundaciones, denominadas Capellanías, de carácter religioso y piadoso que se remontan a finales de la Edad Media y que tanto incidencia han tenido y tienen en el pueblo de Vejer en general y en su ámbito parroquial en particular.

Según Casado “los que tienen que dar cuentas del dinero de las capellanías es el obispado que a pesar de que fueron requeridos por el juzgado de Barbate a entregar las cuentas no lo han hecho aún. Por otra parte el propio obispo se llevó de la parroquia de Vejer las actas de fundación de las capell

“Las capellanías se han perdido prácticamente en su totalidad en España donde ni el uno por ciento de los municipios cuenta con alguna de ellas”, explica Antonio Muñoz para recordar que las mismas proliferaron en los tiempos del Concilio de Trento (1545-1563)… Pero, ¿qué son las capellanías?

Superar el Purgatorio, su objetivo

La Capellanía no es más que “una fundación religiosa y piadosa creada por una persona con el fin de que se digan misas por su alma y así superar las pruebas del Purgatorio y llegar al Cielo cuanto antes mejor”.

Antonio Muñoz.

“El fiel católico, una vez fallecido, nada podía hacer por sí mismo para librarse de las penas del Purgatorio. Pero siempre podía recibir ayuda del mundo de los vivos en forma de sufragios, misas, oraciones, y otros actos piadosos. O bien dejar encargos espirituales a sus familiares en vida para después de su fallecimiento. Y esa fue la finalidad de los numerosos patronatos, capellanías, obras pías y cofradías religiosas, rescatar almas del Purgatorio”, indica Muñoz en su estudio en el que añade varias definiciones  como que “son fundaciones perpetuas por las que una persona segrega de su patrimonio ciertos bienes, destinados a la manutención o congrua de un clérigo que se obliga a cierto número de misas u otras cargas espirituales que debe cumplir en forma y lugar previstos por el fundador (J.Pro Ruiz)”, mientras que “Para Mariano Álvarez Gómez, la capellanía es una fundación perpetua hecha con la obligación aneja de cierto número de misas u otras cargas espirituales, en una iglesia determinada, que debe cumplir el obtentor, en la forma y lugar prescrito por el instituyente y añade Campos Pulido, percibiendo por su derecho las rentas que constituyen su dotación”.

Es decir, las capellanías son fundadas supuestamente por “un buen cristiano que deja unos fondos económicos a una parroquia, o a un convento, siendo ellos los titulares según consta en Escritura Pública”, al tiempo que “existen unos mandatos muy concretos por parte del fundador que dejan claro que no se pueden tocar nunca y deben formar parte de la parroquia por siempre jamás”.

De hecho, “el fundador ya preveía en la constitución de la Capellanía, que por ejemplo, si cedía unas 60 fanegas de tierra a la parroquia, la cual sería titular de las mismas, a cambio se le tenían que decir tantas misas al año por su alma y por la de sus difuntos”, mandatos que “ese hombre dejaba en el documento de fundación, en el cual nombraba a un patrono que normalmente era un miembro de su familia y que solía percibir un 20 por ciento de los beneficios que generase la capellanía, ya que sería esa figura la que debía encargarse de llevar la gestión del Patronato de la Capellanía”.

El Patrono y el capellán

El cargo de Patrono se heredaba de padres a hijos hasta el familiar más cercano y era, a menos que lo hiciera el fundador de la Capellanía, quien designaba al capellán que se haría cargo de ella. También, “en el caso de que falleciera el capellán designado por el fundador, era el patrono el que elegía al que debía sucederle. Eso es así desde el siglo XVI y se mantuvo sin ningún tipo de problemas durante muchísimos años más”.

Mientras tanto, “el capellán  es el ministro eclesiástico que se sostiene con gran parte de las rentas y cumple las cargas espirituales. Es la persona llamada a gozar del patronato pasivo. Lo mismo que el patrono, el cargo de capellán se transmitía en el seno de la familia del fundador”.

Como explica en su estudio, “el concilio de Trento, que no entró en la administración de las capellanías, sin embargo, estimuló las inversiones en fundaciones piadosas para ganar la redención de almas del Purgatorio. Estando en este lugar de expiación, la ayuda sólo podía provenir de la Tierra y es por ello que surge una serie de prácticas, entre ellas el incremento de capellanías, para aligerar el peso de las penas del Purgatorio. En este sentido, las capellanías proyectaban en el más allá las desigualdades terrenales, puesto que quienes contaban con bienes suficientes para fundar este tipo de instituciones se aseguraban un paso rápido por el Purgatorio y acceso a los Cielos”.

Concilio de Trento.

Al respecto, las capellanías se suelen clasificar en eclesiásticas y laicales, siendo las eclesiásticas “las que necesitan de colación canónica, al ser instituidas por el Ordinario, de ahí el nombre de colativas. Pueden ser las capellanías vinculadas a un cabildo eclesiástico, como las de “coro”. Y las más numerosas, las “familiares” o de sangre, que son las que facultan al fundador a nombrar patrono y capellán en miembros y descendientes de su linaje familiar. Estas capellanías colativas familiares fueron las más extendidas en Vejer”.

Por otro lado, las capellanías laicales o de obras piadosas “son instituidas sin intervención directa del Ordinario, aunque bajo su aceptación y cuidado de su cumplimiento. Son los llamados patronatos laicos, en los que no se segregan los bienes que permanecían en poder del fundador y sus herederos. Entre ellos, cabe destacar los legados u obras pías y las memorias de misas”.

En este sentido, “el Hospital de San Juan de Vejer lo construye un rico de la localidad como fundación piadosa y lleva anejo cuatro capellanías importantísimas”.

Son perpetuas, para siempre jamás

Es importante destacar que “las capellanías nacían para ser perpetuas, por tanto también en la escritura de fundación se estipulaba la forma de sucesión en los casos que quedase vacante por fallecimiento los cargos de capellán o de patrono. Tanto la elección de capellán como del patrono y su sucesión estaban previstas por el fundador, normalmente entre miembros de su familia, que es lo que ocurría en las capellanías colativas y laicales de sangre” y “en muchos casos, las capellanías vacantes, al haberse perdido la continuidad del linaje del patrón o capellán, quedaban a merced de la Colecturía Diocesana. En esos casos  la propia Colecturía designaba alguna iglesia y capellán para proseguir con las mandas espirituales del fundador”.

Hasta 38 curas en Vejer

Recuerda y destaca Antonio Muñoz que “en Vejer llegó a haber 38 curas adscritos a la Parroquia sobre los que el párroco solo tenía la titularidad moral y doctrinal, pero no tenía orden, ni mando… hubo curas que vivían bastante bien gracias a una sola capellanía”… y es que como indica en su estudio, el Concilio de Trento exigió que los aspirantes al clero tuvieran un patrimonio, conocido como «congrua», para evitar la mendicidad entre los sacerdotes. En respuesta, las familias en lugares como Vejer fundaron capellanías, o patrimonios de bienes familiares, que permitían el sostén de un clérigo a cambio de misas perpetuas y rezos.

En Vejer, esta práctica generó ejemplos representativos. En 1689, Alonso Manuel, un clérigo de menores, fundó una capellanía en el convento de San Francisco. Sin otros ingresos, Alonso asignó casas familiares en La Laguna y Barrio Nuevo, que generaban 50 ducados anuales, como tributo para cubrir sus necesidades y asegurar su futuro eclesiástico. A su muerte, Alonso dispuso que sus hermanos y descendientes administraran la capellanía, prolongando el beneficio para futuras generaciones.

Simón Sánchez, en su testamento de 1606, dedicó un terreno, arboleda y una casa cerca de la iglesia en el camino de Nuestra Señora de Clarinas para fundar otra capellanía. También dejó instrucciones de que su sepultura estuviera allí y que se celebraran misas perpetuas en fechas señaladas, como una forma de asegurar la redención de sus pecados.

Uno de los casos más destacados es el de Juan de Amaya, quien fundó una capellanía en la Iglesia Mayor del Salvador y cuatro más en el convento de la Concepción. Su intención era mantener a cinco capellanes que oficiaran misas diarias por su alma y la de su esposa. Posteriormente, unificó estas capellanías en el Patronato de Juan de Amaya, que además asumía la responsabilidad de redimir cautivos, casar a huérfanas y sostener al administrador del patronato, quien debía ser su pariente más cercano.

¿De quién son las capellanías?

A finales del siglo XVII, en Vejer se contaban cerca de doscientas capellanías, las cuales sostuvieron a unos 30 capellanes en su momento de mayor esplendor. Este sistema no solo apoyaba al clero local, sino que también ofrecía a las familias un medio de asegurar favores espirituales y preservar su legado mater.

Los problemas surgen a medida que pasan los años… “en muchos casos, la línea sucesoria se pierde y es ahí cuando se aprovecha la iglesia a finales del siglo XVIII”, porque cuando el patrono no tiene continuidad, ese ‘cargo’ pasa a manos del provisor del Obispado (segundo en importancia tras el propio obispo), el cual, ya en el siglo XIX “ordenaba a los párrocos a que se hicieran cargo de la gestión de las capellanías pues éstas estaban a nombre de la Parroquia y por lo tanto, el titular debía ser el propio párroco”, quien es, por lo tanto, titular de las capellanías y también del cementerio, de ahí que “hace unos años el Obispo de Cádiz (Rafael Zornoza Boy) llevase ante notario el cambio de titularidad de las capellanías para poder gestionarlas y ponerlas a su entera disposición”.

Una acción que “es de dudosa legalidad porque en escritura pública corresponde a la Iglesia del Divino Salvador y para que otra entidad pudiese vendarla tendría que haber una cesión, la cual sería ilegal”, porque además no podemos olvidar que a pesar de los intentos del Obispado de unificar a todas las parroquias y conventos bajo un mismo CIF (código de identificación fiscal), a día de hoy cada parroquia “tiene el suyo propio, es decir, que son entidades totalmente distintas en cuanto al ámbito fiscal y los notarios solo reconocen a la parroquia” como propietaria de la capellanía, que pueden estar compuestas de tierras o de bienes inmuebles como pisos o viviendas que se alquilan y cuyas rentas deben ir a la parroquia.

De hecho, “cuando fundas unas capellanía lo haces en una iglesia que tenga carácter jurídico y es ahí donde reside la misma. El capellán se hace cargo del 80 por ciento de lo que produzcan las capellanías. Su fundador deja constancia a qué quiere que dediquen esos beneficios, es decir, tanto se destina a misas, tanto a obras de caridad o que el día de su fallecimiento se conmemore dando dinero u hogazas de pan a los pobres y necesitados” de la localidad… la función, eso sí, siempre ha de ser piadosa y religiosa, siendo “el párroco el que controlaba que se cumplieran sus deseos y llevaba una especie de lista con las tablas de curas y las tablas de capellanía, con lo que exigía al cura responsable de la capellanía que cumpliera con lo solicitado por el difunto (fundador)”.

Desamortización de Mendizábal

E l primer gran cambio llegó con la conocida desamortización de Mendizábal en 1836 y cuyos efectos llegaron hasta 1851. La estrategia básicamente consistía en la expropiación de todo tipo de tierras eclesiásticas para luego venderlas.

Tal y como explica Antonio Muñoz, en la España del siglo XVIII, la acumulación de tierras por parte de instituciones de “manos muertas” (Iglesia, nobleza y municipios) provocó el estancamiento de la economía agraria. Cerca del 90% de las tierras estaban inmovilizadas, sin posibilidad de ser vendidas o compradas, lo cual limitaba la producción agrícola y frenaba el mercado. Ante esta situación, los ministros ilustrados implementaron restricciones para evitar nuevas capellanías y patronatos, que consolidaban este inmovilismo.

Desamortización de Mendizábal

En Vejer, la mayoría de las capellanías se fundaron entre los siglos XV y XVII, y ya para finales del XVIII, era difícil vender propiedades debido a los tributos acumulados que arrastraban. Además, muchas fincas en manos de la Iglesia se encontraron en ruinas y fueron vendidas o subastadas para destinar los fondos a otros finos religiosos, sobre todo tras el terremoto de 1773, lo que transformó notablemente el paisaje urbano.

En cuanto al campo, la situación era aún más restrictiva: casi todas las tierras agrícolas en Vejer estaban en manos de mayorazgos, el clero o de bienes municipales, dejando solo un pequeño porcentaje (alrededor de 10.000 aranzadas) en circulación libre. Para paliar la escasez de tierras disponibles y responder a la demanda, los ministros del siglo XVIII impulsaron una primera desamortización eclesiástica y aconsejaron repartir algunas tierras comunales.

Y es que había capellanías que se trabajaban bien y otras no, dejando muchas hectáreas de tierra abandonadas y sin cultivar. “En Vejer había más de cien capellanías y unas cincuenta funcionaban bien, mientras el resto estaban abandonas por diferentes motivos”.

En esta desamortización “se nacionalizan y venden parte de las propiedades del Patronato Amaya de Vejer, dedicadas a obras pías y beneficencia, bienes que pasan al libre comercio, si bien el hospital de San Juan percibirá títulos de la Deuda al 3 por ciento del  capital”

En Vejer, los procesos de desamortización llevaron a la nacionalización y venta de la mayoría de los bienes raíces eclesiásticos, incluyendo conventos y algunas ermitas. No obstante, se excluyeron propiedades específicas, como la Casa Rectoral, el Hospital de San Juan de Letrán y ciertas ermitas.

Las capellanías colativas familiares, protegidas por la Ley de 1841, no pudieron ser vendidas si sus patronos reclamaban el derecho de propiedad, adjudicándose a los familiares con parentesco preferente y manteniendo así los bienes en el ámbito familiar. Sin embargo, las capellanías laicales (legados benéficos y obras pías) sí fueron vendidas o redimidas, perdiéndose la voluntad de sus fundadores.

El Concordato de 1851 anuló la ley de 1841, declarando subsistentes todas las capellanías no adjudicadas a familias. Más tarde, la desamortización de 1855 inició la venta de las capellanías, excepto aquellas con reclamo familiar o que fueran necesarias para la congrua sustentación del clero.

La figura del patrono deja de existir y su función pasa a manos del provisor del Obispado que nombra al capellán de la parroquia para que gestione las capellanías, con lo que también lo autoriza para llevarse el porcentaje del 20 por ciento que recibía el patrono y “como las misas daban dinero a la parroquia, a los curas les interesaba que se gestionaran bien”.

Hablamos de aquellas capellanías que no pasaron a manos del Estado porque contaba con patronos vivos que “dijeron que esas tierras eran suyas, no de la iglesia, con lo que no salieron a subasta. En Vejer se salvaron más de cuarenta capellanías”, tras sacar el Estado una ley que así lo indicaba.

Luego llegaría la Ley Hipotecaria de 21 abril de 1909 que “establece la obligación de inscripción por parte de los Ordinarios Diocesanos en el nuevo Registro de las dotaciones, derechos y cargas de las capellanías subsistentes, en el plazo de cinco años si se refieren al dominio”.

Progresiva extinción de las capellanías

En su estudio, Antonio Muñoz explica que “desde finales del siglo XVIII, Vejer ha vivido la progresiva extinción de unas 200 capellanías y numerosos tributos, originalmente gestionados por instituciones religiosas como la Iglesia Parroquial, los conventos y cofradías locales. A pesar de las nacionalizaciones y la desamortización, algunas capellanías lograron mantenerse hasta tiempos recientes, dedicándose a los fines fundacionales para los que fueron creados, aunque las misas y actividades espirituales se trasladaron a la iglesia parroquial tras la clausura de muchos otros templos. Así, la parroquia del Salvador conservó y administró un número significativo de capellanías (38 en las décadas pasadas), gestionando tanto tierras rústicas como propiedades urbanas y cobrando rentas de arrendatarios que abonaban precios reducidos en concordancia con las costumbres tradicionales”.

En 1929, el obispo Marcial López Criado formalizó “esta gestión mediante la inscripción de las capellanías a nombre de la parroquia, de acuerdo con la doctrina que sostenía la legitimidad de la parroquia para poseer y administrar estos bienes”.

 Sin embargo, en 1987 el obispo Dorado Soto emitió “un decreto mediante el cual extinguió las capellanías de Vejer y dispuso que el 90 por ciento de sus rentas se destinaran al recién creado Fondo de Sustentación del Clero Diocesano. Aunque esta decisión centralizó las rentas, no implicó la pérdida de la titularidad de la parroquia sobre las capellanías, es decir, la parroquia mantuvo la “nuda propiedad” y su derecho a la administración de estos bienes”.

Zornoza y el traspaso de la titularidad

La situación dio un giro significativo en 2017, “cuando el actual obispo de Cádiz, monseñor Zornoza, ordenó el traspaso de la titularidad de las propiedades de la parroquia del Salvador al obispado”. Este decreto afectó directamente “a los bienes raíces de las capellanías, otorgando al obispado la titularidad sobre fincas que tradicionalmente habían pertenecido a la parroquia y que esta gestionaba desde hace siglos”. Además, “se ordenó que cinco de estas fincas rústicas, entonces libres de arrendamiento”, fueran donadas “pura y simplemente” al obispado. Como resultado, el obispado comenzó “a enviar notificaciones de desahucio a algunos colonos de capellanías en Santa Lucía, lo cual, aunque técnicamente legal, generó malestar en la comunidad, ya que rompía con la tradición de la iglesia local que había gestionado las capellanías para el beneficio de la parroquia y sus feligreses”.

Capellanías.

Este cambio en la titularidad y la administración de las capellanías en Vejer ha suscitado preocupación entre quienes “temen que estas propiedades, que anteriormente se destinaban a sostener a la parroquia y sus obras, puedan ser vendidas o destinadas a fines distintos”. Algunos consideran esta situación como una “nueva desamortización”, promovida esta vez desde dentro de la propia institución eclesiástica, y sugieren que “sería necesario un debate tanto jurídico como social para esclarecer los derechos de la parroquia frente al obispado y para evitar la pérdida o venta de los bienes que históricamente han sustentado a la comunidad parroquial de Vejer”.

Vejer y las tierras comunales

No podemos olvidar que “en Vejer existe una enorme tradición con las tierras comunales y la gente es más sensible con estos temas” que no tuvieron repercusión en localidades vecinas como Medina Sidonia. Además, “en la parroquia estaban los libros de las fundaciones, con los documentos originales, aunque el obispo vino en persona y se los llevó. En esos libros de Capellanías figuran las fechas de la fundación, las cuentas de las mismas desde el siglo XVI, los fines de las mismas, etc”, documentos de los que tiene copia el propio Antonio Muñoz y que también pueden consultarse en el Archivo Histórico Provincial que está en Cádiz.

Los cambios que llegaron con el nuevo Código Canónico de 1983 y con la conocida Ley Aznar de inmatriculaciones provocaron un nuevo cambio en la gestión de las pocas capellanías que aún seguían vigentes en Vejer… De hecho, la Parroquia debía entregar el 90 por ciento de los beneficios al Ecónomo del Obispado, aunque “al final se hacía de común acuerdo con el párroco. En tiempos del Padro Balbino, él me decía que nunca entregaba el 90 por ciento y nunca se lo exigieron. Entregaba una cantidad fija. Solo cuando entró Zornoza se exigió a la parroquia que les diese el 90 por ciento de los beneficios y que les entregara la titularidad de las capellanías, algo ilegal porque el derecho canónico no puede anteponerse al derecho civil y al registro de la propiedad”.

De hecho, “hubo notorias que se negaron a firmar dicha cesión y el que finalmente firmó dejó una nota de reserva diciendo que lo hacía porque se lo habían pedido. En Vejer el obispo ‘obligó’ al expárroco Antonio Casado a cederle las capellanías, aunque al final no les cedió todas. Pero es que no es conforme a ley, de hecho si algún párroco llevase el caso a la justicia ordinaria, casi con toda probabilidad el juez devolvería la titularidad de las capellanías a la parroquia”.

En el caso de Antonio Casado, “sin el dinero de las capellanías, ni del cementerio, no le quedaba mucho para poder llevar a cabo sus funciones”. De hecho “el obispo le exigió el cien por cien de las rentas porque le acusaron de ser mal administrador”, y luego le denunció por “administración desleal” y “sustracción del patrimonio de la parroquia”.

Lo cierto es que tampoco se sabe si “el obispado cumple con los mandatos de los fundadores de las capellanías porque las han extinguido” e incluso “desconocemos si se han llegado a vender”.

Muñoz tiene claro que “mientras el obispo Ceballos jamás tuvo ningún interés y dejaba la gestión en manos de su vicario ecónomo, con Zornoza cambió todo. Incluso se mandaron órdenes de desahucio para los colonos de las huertas de Santa Lucía que llevan allí desde hace varias generaciones”.

Indignación de Amigos del País

Un hecho que motivo que motivo que Amigos del País mostrase su más profunda indignación a través de una carta “al obispo diciendo que en la vida de la iglesia en Vejer, nunca se había expulsado a nadie de sus tierras y que era una enorme falta de caridad”. La orden, aunque sigue en vigor, nunca se ha llegado a ejecutar.

El problema es que “solo se han indignado aquellas personas que sí conocen bien los asuntos económicos de la parroquia del Divino Salvador, personas que participaban en los consejos económicos parroquiales que creo que ya han dejado incluso de convocarse”. Esos “quince o veinte feligreses si están indignados, el resto del pueblo creo que no sabe ni lo que es una capellanía”.

Una de las consecuencias es que “a día de hoy la parroquia no tiene ni para cambiar unos cristales cuando desde 1960 y hasta hace no mucho, era riquísima. Ahora no tiene dinero”, con lo que las obras de caridad y sociales “se han visto reducidas”, afectando a las familias más vulnerables de la localidad.

Amigos del País llegó a instar al Ayuntamiento que luchase por reivindicar que la Parroquia era la titular de esas tierras y bienes, pero “por ejemplo, durante los años del PP, nos dijeron que no iban a pelearse con el Obispado”. También han solicitado hasta en tres ocasiones una reunión con el obispo Zornoza, enviándole hasta tres cartas de las que no han obtenido ninguna respuesta.

Evidentemente ya no hay misas, excepto el hecho de mencionar a algunos de los fundadores durante la que se celebra el Día de las Ánimas.

“Las capellanías básicamente están extinguidas, aunque las que tienen entidad mantienen la obligación de cumplir con sus principios. Actualmente hay más de treinta entre tierras y fincas urbanas cuyas rentas y beneficios van directos al Obispado. Quien tiene que denunciar esto es el párroco pero uno de los que denunció fue Antonio Casado y mira en qué situación se encuentra hoy”, explica Muñoz.

Gestión, un antes y un después

El problema es que quizás sea demasiado tarde para reaccionar ya que “es posible que algunas tierras y bienes ya se hayan vendido. Antes, cualquier movimiento que realizaba la iglesia respecto a las capellanías era transparente, como cuando se vendieron algunas en 1960 porque eran viviendas en ruinas cuyo coste en obras no era rentable o porque eran tierras infértiles o abandonadas durante muchos años. Ahora mismo no sabemos nada, todo lo lleva el ecónomo o ecónoma del Obispado sin ofrecer ninguna información aunque se las hayamos pedido”.

Y es que “hasta la entrada de Zornoza, no se llevaba como una empresa. Ni Balbino entregaba todo el dinero porque ese dinero lo gastaba en cuestiones sociales. La parroquia manejaba dinero para dar amparo incluso a las parroquias de alrededor y a curas necesitados en momentos puntuales”.

Cielo.

Había dos o tres capellanías de Vejer “en manos de buenos empresarios que las gestionaban de maravilla y que les reportaba dinero a ellos y a la parroquia. Capellanías de 60 hectáreas como Las Peñuelas en manos desde hace más de 70 años de los Morillo Crespo. Son tierras de primera calidad y sí les daba dinero a Balbino quien me decía que entre el cementerio y esas tres capellanías, la parroquia de Vejer iba muy bien. Tenía fondos, medios y ayudaba a las parroquias de alrededor, además de fomentar numerosas obras sociales y caritativas. La Parroquia pagaba todos los años un campamento para niños en Varelo. Era una parroquia relativamente rica capaz de mantener su patrimonio, no como ahora que no hay dinero ni para poner un cristal”.

De hecho, desde el Obispado se le reclama al expárroco Antonio Casado una cantidad de dinero que supuestamente no se entregó y que correspondía a los beneficios de algunas de las capellanías… un caso que sigue abierto en el Juzgado de Barbate y es que según Casado “los que tienen que dar cuentas del dinero de las capellanías es el obispado que a pesar de  que fueron requeridos por el juzgado de Barbate a entregar las cuentas no lo han hecho aún. Por otra parte el propio obispo se llevó de la parroquia de Vejer las actas de fundación de las capellanías que no conviene olvidar que no son todas iguales, ni están sujetas a los mismos estatutos”.

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