FÉDÉRATION NATIONALE
DE LA LIBRE PENSÉE
Membre de
l’Association Internationale de la Libre Pensée (AILP)
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libre.pensee@fnlp.fr – https://www.fnlp.frComunicado de prensa
La Libre Pensée pide al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que imponga la supresión del nombre de un ciudadano del registro de catolicidad. En una sentencia dictada el 19 de noviembre de 2014, la Cour de cassation declaró inadmisible la solicitud a una diócesis de borrar completamente la identidad de un ciudadano de los registros de catolicidad siempre que en el margen del documento aparecieran las palabras “ha negado su bautismo”.
Por una parte, dado el acceso restringido al registro, que sólo podía ser consultado, aparte del interesado, por clérigos obligados al secreto, consideró que mantener la identidad de una persona que había abandonado la Iglesia romana en este expediente no vulneraba su derecho a la vida privada. Por otra parte, consideró que “[…] el bautismo era un acontecimiento cuya realidad histórica […] no podía discutirse […].”
La entrada en vigor del Reglamento general de protección de datos (RGPD) de la Unión Europea el 25 de mayo de 2018 ha modificado el marco jurídico aplicable anteriormente. Como consecuencia de ello, un ciudadano librepensador remitió el asunto a la Commission nationale de l’informatique et des libertés (CNIL) a raíz de la negativa de la diócesis a eliminar su nombre del registro de catolicidad en el que sigue apareciendo en contra de su voluntad. Sin embargo, el 2 de diciembre de 2021, la CNIL desestimó la reclamación que había presentado ante ella, decisión administrativa que el interesado remitió al Conseil d’État con el fin de obtener su la CNIL que obligara a la diócesis a proceder a la supresión de suprimir su identidad del registro.
En sentencia de 2 de febrero de 2024, el Consejo también desestimó su recurso: dado que la finalidad del registro es dejar constancia de un hecho, y dado que el acceso al mismo está limitado según estrictas modalidades, el Consejo dictaminó que la supresión de la identidad de una persona que había abandonado la Iglesia católica no constituye una obligación en virtud de lo dispuesto en los artículos 6, 9, 17 y 21 del RGPD.
En la medida en que la sentencia del Conseil d’État, por una parte, convalida implícita pero necesariamente el principio del Derecho Canónico según el cual el bautismo es indeleble, por otra, justifica la negativa de la Iglesia romana a suprimir de los registros católicos los datos personales de las personas que ya no desean tener mas vínculo con esta religión y, por último desestima
el principio de plena libertad de conciencia de las personas que resulta del artículo 1 de la Ley de de 9 de diciembre de 1905 sobre la Separación de las Iglesias y el Estado, la FNLP ofrece su pleno apoyo ciudadano afectado que ha decidido llevar su caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por violación del artículo 9 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) del 4 de noviembre de 1950.
El TEDH recibió recientemente este recurso, acusó recibo del mismo y deberá inscribirlo en la lista de casos. La Fédération Nationale de la Libre Pensée pide al juez del Consejo de Europa que responda favorablemente a una petición legítima y jurídicamente fundada en una sociedad democrática en la que la libertad de conciencia es un derecho fundamental que no puede restringirse salvo por razones imperiosas.
Para el reconocimiento del derecho a la supresión de datos personales de los registros de todas las religiones