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Colombia: La expresión “DIOS” en el escudo de la policía nacional, no vulnera el Estado Laico según el Consejo de Estado

El Consejo de Estado negó la nulidad de la expresión “Dios”, que se encuentra en la Resolución 5916 de 1984, expedida por el Director General de la Policía Nacional, y que la establece como componente del escudo de la institución. La Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García González, explicó que el uso de la expresión “Dios” en el escudo se hace con un carácter general y abstracto, sin que implique la intromisión de una iglesia en particular en el desarrollo del ordenamiento jurídico. Para la Sala, la expresión “Dios” en la descripción del escudo de la Policía Nacional no está coartando la actividad de los agentes pertenecientes al cuerpo de policía. Al igual que lo hace el preámbulo de la Constitución Política, su uso “destaca un valor positivo que debe guiar la actividad de sus integrantes, para dar lo mejor de sí mismos en pro de la consecución de los fines esenciales del Estado”. En la decisión se aclara que la expresión “Dios” no está proscrita en nuestro ordenamiento jurídico, pues aunque el Estado no profesa ninguna religión, todas las creencias de las personas son respetadas. En su participación en el proceso, el Ministerio Público señaló que “nuestro Estado no es ateo, agnóstico o indiferente ante los sentimientos religiosos de los Colombianos”. Aunque Colombia es un país laico, no separa la actuación administrativa de los valores que se desprenden de la cultura y arraigo histórico que ha implicado el desarrollo social del País. Sin embargo, el fallo destaca que está prohibido, en todo momento, que las decisiones y actuaciones oficiales de todos los agentes públicos estén fundadas bajo premisas religiosas, confesionales o privilegiando un credo particular sobre otro.

Descargar la sentencia haciendo click  aquí.

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