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Canal 13 de Chile recibe multa de más de 9 millones de pesos por Yerko Puchento: jueces acogen reclamos por “difamar a la Virgen María”

En el programa Vértigo, emitido el 17 de mayo del año pasado, el comediante Daniel Alcaíno, quien interpreta a Yerko Puchento, hizo burlas que fueron denunciadas al CNTV. Ahora, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sanción a la casa televisiva 

Durante esta jornada la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sanción realizada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Canal 13 debido a una rutina de Yerko Puchento emitida el 17 de mayo del año pasado. La estación televisiva deberá pagar 200 UTM -Unidad Tributaria Mensual- ($9.661.000).

La Octava Sala del tribunal de alzada, en una decisión unánime, confirmó la multa a través de los ministros Juan Cristóbal Mera, Mireya López y Tomás Gray.

“Para ello es importante destacar que la Ley N° 18.838 que regula el funcionamiento de los servicios de televisión obliga en su artículo 1° a quienes ofrezcan estos servicios a observar un correcto funcionamiento, y dentro de éste a respetar en forma permanente el pluralismo dentro del cual se sitúa, entre otros, el respeto a la diversidad religiosa. En el caso planteado, dos personas se sintieron ofendidas con las alusiones del personaje televisivo porque entendieron claramente que ellas difamaban a la Virgen María, símbolo de la religión que profesan”, sostuvo el fallo.

Resolución que agrega: “En ese entendido, la libertad de expresión del humorista y del Canal que difunde sus actuaciones, incurre en un abuso de su derecho pues al amparo de su ejercicio incurrió en mofa y menosprecio público de un símbolo que para otros tiene el carácter de sagrado, menoscabando con burla la dignidad de aquellos que en el ejercicio de la libertad de conciencia consideran sagrada a la Virgen María y aceptan el dogma de su concepción inmaculada, tanto es así que los llevó a denunciar al Consejo de Televisión al programa en cuestión”.

“El respeto a la diversidad debe ser entendido en sentido amplio, es decir, no solo aceptando las creencias de los demás sino también no ofendiendo sus creencias. En consecuencia, el derecho a la libertad de expresión que invoca el apelante vulneró, en su ejercicio, la normativa que le regula en el ámbito televisivo nacional”, decretó la sentencia.

Cabe recordar que el comediante se ha visto envuelto en diversos conflictos con el CNTV, que ha sancionado a la estación televisiva en múltiples situaciones.

Revise la resolución de la Octava Sala del tribunal de alzada acá

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