Ámbito o Espacio Publico – Privado. (Cargo Público)
Para el laicismo es esencial la delimitación por el Estado del Espacio o Ámbito Público donde se desenvuelven las leyes, la vida oficial de sus Instituciones –como la Escuela Pública-, la actividad de los cargos y funcionarios públicos, la política, lo laboral, las Instituciones y Servicios Públicos, etc., que pertenece a todos y en el que todos los ciudadanos debemos ser iguales, diferente del Privado de las convicciones y de la vida privada de los particulares sean estos individuos, en la absoluta libertad de conciencia, o comunidades.
El ámbito Público –universal- no puede ser acaparado, ni participado, ni utilizado en su beneficio por ningún particular individuo o institución, y mucho menos como por derecho propio.
La Iglesia Católica utiliza de forma victimista los diferentes significados de este término. Dicen que la necesaria expulsión de de su injerencia en “lo Público” les quiere reducir a las sacristías y a la intimidad de los domicilios, “a las catacumbas”. Y lo traducen como la prohibición de realizar cualquier acto para el público o en público, en la calle, la plaza u otros locales de titularidad pública.
La religión, como cualquier convicción, es algo privado que se puede expresar públicamente. Como cualquier ciudadano o asociación, los católicos pueden ocupar el espacio público para sus manifestaciones con el correspondiente permiso gubernativo como particulares privados; pero nunca por derecho propio de Entidad Pública.