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Propuestas desde Equo Euskadi sobre laicismo,para las instituciones municipales y diputaciones en el pais vasco

1º.-GARANTIZAR LA INDEPENDENCIA EFECTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN CON RESPECTO A CUALQUIR CONFESIÓN RELIGIOSA:

*La simbología de cualquier credo o culto no deberá estar presente en actos oficiales, en espació de titularidad pública. A nivel institucional por ello ninguna autoridad o representante podrá participar en actos de índole religiosa. En caso contrario se pedirá explicaciones públicas.

*Suprimir la obligación de declarar sobre creencias, o sobre ausencia de ellas, en cualquier tipo de documentación civil, escolar o administrativa.

*Excluir de los centros públicos sanitarios, residencias, etc .que dependan de la administración, la presencia institucional de clérigos, así como eliminar lugares de culto.

*Incorporar referencias y conmemoraciones de carácter civil al calendario oficial, centros públicos y a los callejeros municipales, así como fechas fijas y denominación neutra a las vacaciones escolares.

*Para una mejor garantía de estas y otras propuestas, sería menester el impulso institucional municipal y en Diputación Foral de ordenanza o reglamento de Laicidad.

*Las comunidades religiosas estarán obligadas a rehabilitar y mantener con fondos propios el patrimonio cultural e histórico de su titularidad.

2º.-ELIMINAR CUALQUIER PRIVLEGIO O DISCRIMINACIÓN EN EL TRATO ECONÓMICO O FISCAL PARA LAS INSTITUCIONES RELIGIOSAS:

*No se deberá donar suelo público, así como tampoco se concederá directa o indirectamente cualquier forma de financiación pública o posibles exenciones fiscales para la instalación de infraestructuras o realización de actividades confesionales a ninguna confesión o institución religiosa.

*La administración municipal y la Diputación Foral, velara por la no discriminación efectiva ante organizaciones religiosas, que por medio de Fundaciones, ONG de ayuda o reinserción, desarrollen prácticas intolerantes, discriminatorias hacia la mujer, hipotequen con su proceder doctrinario el desarrollo de la infancia por falta de socialización con otros niños. En este sentido, no sólo reivindicamos transparencia fiscal en las ayudas y en las declaraciones a la Hacienda Pública, sino que facilitara la denuncia y posterior ayuda antes las conculcaciones en los derechos de libre expresión y en derechos básicos laborales.

*Por ello se debería tener muy en cuenta los acuerdos con ciertas entidades, que son subvencionadas por algunas instituciones guipuzcoanas. Pues indirectamente se está contribuyendo con dinero público al adoctrinamiento religioso y al Abuso de Debilidad de personas marginadas, necesitadas de una rehabilitación efectiva.

*Modificaciones en la Ley de Haciendas locales, en la Ley de Mecenazgo y en Fundaciones y en diversas normativas que eviten las injustificables exenciones del IBI y de otros impuestos a entidades religiosas declaradas o relacionadas directamente con otras legalidades jurídicas.

Para ello sería menester censos en cada municipio de bienes inmuebles rústicos y urbanos que estén censados y registrados a nombre de confesiones religiosas.

*En este apartado que nos ocupa hay que resaltar como más que singular la Ley Hipotecaría, que está permitiendo a la Iglesia Católica fundamentalmente: “apropiarse ilegalmente de patrimonio de dominio público, y que en muchos casos pertenece a la ciudadanía de un municipio; la legislación hipotecaria y su reglamentación considera e la Iglesia Católica organismo público, y a los obispos diocesanos , funcionarios; esta anomalía jurídica les está permitiendo de echo registrar a su nombre templos ,cementerios ,terrenos ,viviendas o plazas ,que carecen-aparentemente-de títulos de propiedad conocidos.

3º.-PROMOVER UNA NUEVA CULTURA LAICA E GUALITARIA:

*Promover ordenanzas municipales y normas forales, en las que se conjugue en un marco de igualdad y oportunidades, la libre comunicación de las ideas y el desarrollo pleno de las personas. En este sentido esta concepción está asociada al concepto de TOLERANCIA, al respeto que la sociedad le debe a cada uno de sus integrantes y a la posibilidad de que el libre albedrio desarrolle sus facultades.

*La laicidad es un concepto en constante evolución a los tiempos. Actualmente gira en la idea de que el Estado y sus instituciones no tienen que intervenir en el ámbito de la conciencia individual y colectiva.

*Entendemos la laicidad como instrumento a través del cual la Razón pueda ser utilizada como un tamiz de las posturas dogmaticas.

De este modo las concepciones elaboradas por grupos con derivas sectarias, o las que se sostienen por los fundamentalismos de cualquier signo, son expresiones que nublan la Razón y coartan la libertad de las personas.

*Iniciativas a nivel Municipal y de Juntas Generales, exigiendo la derogación de los Acuerdos entre el Estado Español y el Estado Vaticano, la implantación de un Estado Laico y Aconfesional que asegure nuestra libertad de conciencia dentro y fuera de nuestras instituciones y la supresión de la financiación pública y de las exenciones fiscales a las Confesiones Religiosas, así como la elaboración de una Ley Orgánica que regules las entidades confesionales. Así mismo se debería impulsar desde los ámbitos institucionales un Observatorio Estatal de Prevención sobre derivas sectarias y fundamentalistas, que salvaguarde la libertad de las personas. España es uno de los pocos países europeos que no ha llevado a cabo las recomendaciones del Consejo de Europa en este sentido.

*Tal y como ocurre con las bodas civiles, promover una ordenanza que regule la celebración de funerales civiles y actos de recuerdo, que podrían estar acompañadas de una tasa que se cobrará a la familia del fallecido para hacer frente a los gastos que acarrea el uso de las instalaciones y las horas de trabajo del personal municipal.

4º.-ASEGURAR EL DERECHO A UNA EDUCACIÓN LAICA Y EN IGUALDAD:

*No se subvencionará, en ningún caso, centros educativos con ideario propio ya sea de carácter religioso o de otra naturaleza ideológica particular.

*La enseñanza doctrinaria de cariz religioso, de cualquier confesión quedará fuera de la escuela pública y también concertada. De no darse dicha práctica, será trasladada a un horario no lectivo.

*Los poderes públicos velarán en el ámbito escolar para que se respete la libertad de conciencia del alumnado y profesorado, así como de sus familiares, para ello en cumplimiento del artículo 16.3 de la Constitución, no sean obligados a declarar sobre ideología, religión o creencias.

*Los poderes públicos velaran por la laicidad de las enseñanzas impartidas dentro de los centros educativos de titularidad pública y de los privados sostenidos con fondos públicos, con el fin de evitar cualquier interferencia en los objetivos educativos de convicciones particulares religiosas, filosóficas o ideológicas. Retirando cualquier simbología religiosa.

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