El tribunal niega la financiación pública a cuatro centros de Sevilla y Granada
El Tribunal Supremo ha dado la razón otra vez a la Junta en el largo contencioso abierto en torno a la financiación pública de los colegios que segregan por sexos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha estimado los recursos presentados por el Gobierno andaluz contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia (TSJA), que autorizaba los conciertos educativos en tres colegios de Sevilla y uno de Granada.
“No está en cuestión la existencia de la educación diferenciada, tan legítima como el modelo de coeducación que establece la Ley (…) sino que lo que se cuestiona es que ese tipo de enseñanza acceda a la financiación pública propia de un concierto educativo”, indica el Supremo en el fallo conocido ayer. La sentencia, que contó con el voto particular contrario del magistrado José Luis Requero, respalda la decisión de la Consejería de Educación que desde el curso 2010-2011 no renovó los conciertos educativos en dos centros de las Hermanas de la Cruz y el Altair, en la provincia de Sevilla, y al colegio El Soto, de Chauchina (Granada). La Junta pospuso ayer su valoración del fallo.
La sentencia llega apenas un mes después de que el TSJA emitiera cuatro autos obligando a la Junta a concertar plazas con colegios con educación diferenciada por sexos. El alto tribunal andaluz manifestaba entonces en su argumentación que “la negativa de la Administración a concertar la enseñanza diferenciada comporta una amenaza real y grave a la prestación del importante servicio educativo que desarrollan estos centros”.
Además, el TSJA había empezado ya a emitir sentencias que obligaban a la Junta a devolver cautelarmente el concierto retirado a los centros, como ocurrió en el caso de la escuela femenina de Formación Profesional Albaydar, en Sevilla. Otros 11 centros andaluces están en esta situación y la previsión es que el TSJA se pronuncie en la misma dirección. Es decir, que obligue a la Consejería de Educación a mantener la financiación pública mientras resuelve sobre si es legal o no subvencionarlos. Sin embargo, el fallo del Supremo puede ahora cambiar esa situación.
El Gobierno andaluz lleva años intentando sacar a estos colegios que segregan del sistema de conciertos. Aunque las autonomías tienen las competencias en educación, el marco general que regula todo el sistema de enseñanza lo fija el Gobierno central con las leyes orgánicas. En el verano de 2012, el Supremo parecía que había resuelto de una vez este asunto. “Se excluye a esos centros de la posibilidad de concertar con la Administración competente su sostenimiento con fondos público”, estableció.
Sin embargo, la Ley Wert aprobada el pasado año daba una nueva vuelta de tuerca a este conflicto al dejar abierta la puerta a los colegios e institutos que rechacen la enseñanza mixta para recuperar la financiación pública. Y aunque había dudas sobre si los centros afectados debían esperar hasta 2017 para recuperar las subvenciones, una enmienda introducida por el PP a la ley daba a los colegios dos meses para solicitar que se le devuelvan los conciertos retirados para los próximos tres cursos.
El consejero de Educación, Luciano Alonso, anunció poco después que la Junta llevaría al Tribunal Constitucional esa ley al entender que se invaden competencias. Por tanto, todo apunta a que será el TC el que acabe resolviendo un tema en el que, durante más de dos décadas, se han encadenado sentencias favorables y contrarias a este modelo.
Un grupo de niños juegan al fútbol en el colegio Altair de Sevilla. / alejandro ruesga
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