Este es el segundo caso similar que llega a los tribunales, tras el del colegio Macías Picavea.
La ACEL entiende que en el caso del colegio Isabel la Católica la Dirección Provincial de Educación de Valladolid está incumpliendo sus propios actos, pues el Consejo Escolar del centro tomó postura precisamente a instancias de la propia Dirección Provincial, que en el mes de Octubre pasado ordenaba al Consejo Escolar incluir el tema en el orden del día para poder posteriormente pronunciarse en vía de recurso, alegando para ello la sentencia 1617 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de fecha 20 de Septiembre de 2007, cuyo fallo establece que “solo cuando este órgano de gestión (el Consejo Escolar) se pronuncie podrá la administración educativa intervenir y decidir, en vía de recurso administrativo, e imponer su criterio”.
Por ello la ACEL valora muy negativamente que la Junta de Castilla y León haya obligado al Consejo Escolar del centro a tomar una decisión para poder pronunciarse posteriormente en vía de recurso y sin embargo no haya contestado a ese recurso en los tres meses que tenía de plazo para hacerlo. Máxime cuando el citado Consejo Escolar había manifestado con anterioridad que declinaba pronunciarse “esperando manifestación de la Junta de Castilla y León”, por lo que la instancia a pronunciarse recibida en Octubre lo era en contra de su voluntad.