El Ministerio de Educación y Ciencia ha informado hoy en un comunicado de los aspectos básicos de la regulación de esta materia, después de que responsables ministeriales y de la Conferencia Episcopal Española finalizaran esta mañana la ronda de consultas previas a la aprobación de los Reales Decretos de Enseñanzas Mínimas de Primaria y de Secundaria Obligatoria (ESO) y de profesorado de religión.
El Ministerio precisa que la asignatura no será computable para la obtención de becas o el acceso a la Universidad y que quienes no la cursen tendrán la "debida atención educativa", según determine cada centro educativo.
"Esta regulación garantiza –según el MEC– el derecho de los padres a elegir la educación que desean para sus hijos, ya que para aquellos que no deseen ninguna clase de formación religiosa los centros educativos establecerán las formas más adecuadas de proporcionarles la debida atención educativa mientras sus compañeros estudian religión".
Contratos indefinidos
El Ministerio también regulará la relación laboral de los profesores de religión, que serán contratados de manera "indefinida" y la extinción de sus contratos deberá estar "motivada conforme a derecho".
Los maestros deberán cumplir los requisitos académicos exigibles a los demás profesores y contar con la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa. Los docentes serán contratados de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores y accederán al destino de conformidad con los criterios objetivos que se estimen adecuados por la administración educativa competente.