La Doctrina de la Fe, el ex Santo Oficio, ha redactado un nuevo documento con el nombre de «Instrucción Ad resurgendum cum Christo» que sustituye al anterior de 1963, que fue aprobado el 18 de marzo de 2016 por el papa Francisco y que pone orden ante las nuevas prácticas tanto de sepultura como de cremación consideradas «en desacuerdo con la fe de la Iglesia».
En el documento se explica que aunque la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, se acepta la cremación pero se prohíbe esparcir las cenizas, dividirlas entre familiares o conservarlas en casa.
«Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no será permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos», se lee en este documento.
Además, advierte que «en el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias».
Aunque después se especificó durante la presentación del documento que la negación del funeral será sólo si el difunto ha manifestado en sus últimas voluntades el deseo de esparcir las cenizas con expreso rechazo de las prácticas de la fe cristiana.
La Iglesia católica señala que no se pueden permitir «actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de reencarnación, o como la liberación definitiva de la ‘prisión’ del cuerpo».
El ex Santo Oficio agrega además que la conservación de las cenizas en el hogar está permitida «sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias», y cuando una persona lo pida «por piedad o cercanía», explicó el consultor de la Congregación de la Doctrina de la Fe, el español Ángel Rodríguez Luño, en la rueda de prensa de la presentación del documento.
Para la Iglesia, «la conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana».
Así, agregan, «se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas».
Por ello, las cenizas del difunto, «por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente».
El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Gerhard Mueller, explicó hoy ante estas decisiones que «los muertos no son propiedad de los familiares» y que «son hijos de Dios, forman parte de Dios y por ello no se celebran ritos privados sino ceremonias públicas y esperan en un campo santo su resurrección».
La Iglesia, aunque autoriza la cremación «por razones de tipo higiénico, económicas o sociales», sigue prefiriendo la sepultura de los difuntos porque «favorece el recuerdo y la oración por los difuntos por parte de los familiares y de toda la comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y santos».
No obstante, «la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo», escriben.
Pero para el secretario de la Comisión Teológica Internacional, Serge-Thomas Bonino, quien intervino en la rueda de prensa, «la cremación es algo brutal. No es un proceso natural sino que interviene la técnica y no permite a las personas cercanas acostumbrarse a la falta de un ser querido».