Los Padres Mínimos arriendan un antiguo convento en Begur (Girona) para actividad hotelera
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, contra el criterio del Ayuntamiento y del juzgado ordinario, avala su exención aunque no tenga finalidad social
La orden religiosa de los Padres Mínimos arrienda a una empresa privada un antiguo convento, que actualmente es un hotel de cuatro estrellas, sin abonar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). La Iglesia se beneficia así de la exención del IBI para la realización de una actividad lucrativa –el arrendamiento–, ajena a cualquier labor social o pastoral. Casos similares, pero con aparcamientos, se dan en Almería y Lugo, como ha publicado infoLibre. Esta excepcionalidad es causa de controversia jurídica, pero los órganos judiciales suelen inclinarse por considerar que cualquier bien de la Iglesia, aunque le dé un aprovechamiento económico y no un uso religioso, está libre de la contribución urbana. Ayuntamientos como Valencia o Granada, entre otros, lo ven injusto y estudian fórmulas para la eliminación de este tipo de exenciones, que consideran una competencia desleal. Europa Laica ve un “fraude” en este tipo de excepcionalidad fiscal.
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