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Una carnicería halal en Granada.Carlos Gil Andreu/Getty Images

Una decisión de la UE con los alimentos musulmanes enfada a los islámicos de Cataluña y consideran no aplicable en España por sus acuerdos

El TEDH determina que la prohibición de los sacrificios de animales sin aturdimiento previo, contemplados en rituales kosher y halal, no violan la libertad religiosa. 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha determinado que la prohibición de los sacrificios de animales sin aturdimiento previo, contemplados en rituales kosher y halal, no violan la libertad religiosa ni constituyen discriminación alguna, por lo que no ve motivos para que dichos vetos no puedan aplicarse.

La corte ha avalado de esta manera las leyes impulsadas en 2017 y 2018 por las regiones belgas de Flandes y Valonia, rechazando por tanto una denuncia de 13 personas y siete ONG que habían elevado un recurso al TEDH en representación de las comunidades judías y musulmanas, principales afectadas por la reforma.

Los jueces, por unanimidad, han considerado que las autoridades no se habían excedido en sus competencias al adoptar una medida “justificada” y “proporcionada” teniendo en cuenta que el objetivo final era proteger el bienestar animal en aras de la “moral pública”.

Las leyes ya habían sido objeto de análisis por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que a finales de 2020 dictaminó que la legislación comunitaria permite llevar a cabo ritos religiosos en los que se practique el sacrificio de animales sin aturdimiento previo, si bien precisó que sólo puede efectuarse en mataderos autorizados.

La presidenta de la Junta Islámica de España y del Instituto Halal, Isabel Romero, ha asegurado que el marco jurídico vigente en España avala los ritos religiosos para el sacrificio de los animales como el que practican los musulmanes.

En declaraciones a EFE, Romero ha reaccionado a la sentencia del TEDH en el que esta instancia judicial considera que la protección del bienestar animal justifica que se pueda prohibir el sacrificio ritual que aplican las religiones musulmana y judía e imponer el aturdimiento previo.

Romero ha aclarado que esa sentencia “no es aplicable a España” donde “tenemos leyes de alto rango” y acuerdos de cooperación con las confesiones religiosas mayoritarias que otorgan un “marco jurídico protector, no sólo para el sacrificio halal o kosher, sino para cualquier expresión religiosa”.

No obstante, la presidenta de la Junta Islámica ha mostrado su “respeto” hacia los dictámenes de “cualquier instancia jurídica”. Además ha defendido la compatibilidad entre los distintos rituales religiosos y el bienestar animal.

Por su parte, el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de Cataluña, Mohamed El Ghaidouni, ha declarado a El Nacional.cat que espera que el Estado y la Generalitat tengan en cuenta el derecho a la libertad religiosa de los musulmanes y los judíos ante una eventual regulación del sacrificio de animales con el ritual halal y kosher.

“Todo lo que se basa en prohibir me suena mal”, ha señalado al mismo medio Mohammed, propietario de Carnicería Halal de Badalona. “En el caso de los musulmanes, en Europa cada vez hay más y la reacción social será de malestar. Además, yo en mi comercio tengo muchos clientes catalanes y españoles que tampoco lo entenderían. Ofrecemos un producto de calidad que cumple con todas las normativas”. Y ha bromeado: “Nos tocará comer gusanos sacrificados por el método halal”.

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