Los tribunales han dado la razón a una escuela en el conflicto legal con una de sus alumnas, que reclamaba el derecho a llevar el hiyab o pañuelo islámico.
El caso comenzó en 2013, cuando una escuela secundaria de enfermería de Praga prohibió el uso del hiyab a dos de sus estudiantes. Una de ellas era Yamal, una somalí que había recibido asilo en la República Checa. Así lo explicó la afectada en su momento a la Televisión Checa.
“La directora me dijo que si quería estar en la escuela me tenía que quitar el pañuelo. Le dije que iba en contra de mis creencias. Me ofrecí a no llevar el pañuelo como debería, que podía solo cubrirme los cabellos. Pero ella me dijo que tenía que quitarme todo”.
Finalmente la situación acabó en juicio, al entender Yamal que se había violado su derecho a la libertad religiosa. La estudiante, que acabó abandonando la escuela, pedía una disculpa y una compensación de 1.500 euros. El primer veredicto fue favorable al centro, por lo que Yamal decidió recurrirlo.
Ahora el tribunal municipal de Praga ha dado la razón a la directora Ivana Kohoutová. Así explicaba la sentencia el juez Jan Klášterka.
“El uso del pañuelo como muestra externa de fe religiosa, sin ningún tipo de limitación en el entorno de una escuela pública, es algo a lo que la demandante no tiene derecho. No existe el derecho de expresar la confesión religiosa en cualquier momento y lugar. Según la lógica expuesta por la demandante, uno podría interrumpir una clase de matemáticas para recitar el padrenuestro”.
El juez justificó también su resolución con el hecho de que en la sociedad checa llevar la cabeza cubierta en la escuela no es socialmente aceptable.
La abogada de Yamal, Radka Korbelová Dohnalová, no se mostró de acuerdo con la sentencia y considera recurrir al Tribunal Supremo.
“No comparto la conclusión final porque claramente viola los principios de la carta de derechos y libertades fundamentales de nuestro país. Estamos considerando otros medios. Tenga uno la opinión que tenga se trata de una cuestión que desde luego tendrían que examinar los tribunales superiores”.
Por su parte el abogado de la escuela de enfermería, Radek Suchý, cree que la sentencia sienta jurisprudencia.
“Creo que es un precedente básico en todo este asunto, en el sentido positivo de la palabra. Hasta ahora los directores no estaban seguros cómo comportarse ante estos excesos y comportamientos. El tribunal de apelación ha dejado claro que una de las competencias del director en su cargo es tomar la postura que en su momento tomó la directora, prohibir el pañuelo islámico”.
El caso del pañuelo islámico ha concretado atención pública en Chequia, creando diversidad de opiniones. Así mientras la defensora del pueblo, Anna Šabatová, tomó parte por las estudiantes afectadas, su segundo al cargo, Stanislav Křeček, se situó en contra.
En la Unión Europea la situación legal del hiyab, que cubre la cabeza y el cuello pero no la cara, es diversa. En general está permitido, pero existen prohibiciones concretas en algunos países de llevarlo en determinados puestos. Por ejemplo en algunas ciudades de Bélgica una funcionaria no lo puede llevar si atiende al público.
En los centros educativos existe un rango que va desde la prohibición existente en Francia hasta la tolerancia tácita de la mayor parte de los países europeos. En general se entiende que las escuelas tienen derecho a determinar su propio código de vestimenta.