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Un concejal de Córdoba recurre el archivo de la denuncia contra las inmatriculaciones de la Iglesia

Carlos Baquerín, de Unión Cordobesa, alega que no se ha citado a declarar a los denunciantes y que el auto del juez vulnera dos artículos de la Constitución

El juez confluyó que «todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad»

El concejal de Unión Cordobesa (UCOR) en el Ayuntamiento de Córdoba, Carlos Baquerín, ha presentado este miércoles un recurso contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 6 de archivar las denuncias presentadas contra las inmatriculaciones de la Diócesis en relación a diferentes monumentos, entre ellos la Mezquita, al resolver que los hechos denunciados «carecen manifiestamente de contenido penal», dado que la inmatriculación de bienes inmuebles por parte de la Diócesis está «amparada» por la Ley Hipotecaria.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el edil detalla cinco alegaciones en las que expone ante el juez que «ni tan siquiera se ha citado nunca a declarar al denunciante en su condición de concejal, ni en ninguna otra, ni se le ofrecieron nunca las acciones pertinentes», a lo que añade que no consta que «tampoco a otros denunciantes posteriores (algunos de ellos incluso fueron alcaldes, como Julio Anguita), que algo de luz hubieran podido aportar».

Además, dice que «llama la atención que en todo momento se haya negado al denunciante, pese a estar debidamente representado y personado y haberlo solicitado mediante procurador de forma reiterada en el juzgado, el acceso al informe del Ministerio Fiscal«, que a fecha de hoy sigue «desconociendo, en claro detrimento de la posibilidad de fundar debidamente o mejor, el presente recurso», algo que, a su juicio, «puede resultar arbitrario y discriminatorio».

Asimismo, expone que el hecho de que «la Iglesia pueda inmatricular bienes y que el registro de la propiedad en España no sea constitutivo no impide establecer y reconocer que para proceder al registro de estos bienes el diocesano no debe en ningún caso certificar como propio lo que es ajeno, y más aún si es público»; así como que «la administración local debe proteger jurídicamente e inventariar con detalle los bienes demaniales, de modo que eso nunca pudiera llegar a ocurrir, ni tan siquiera en el caso de que el diocesano hubiera pretendido hacerlo de manera negligente o dolosa».

También, señala que «con el debido respeto» a la decisión judicial, «si en lugar de proceder al archivo de la causa a escasos días de la constitución de un nuevo gobierno municipal, que seguro que hubiera podido y querido colaborar de oficio o bajo requerimiento con nuevos elementos probatorios, no se hubiera precipitado en el tiempo, su auto hubiera sido muy distinto o no hubiera sido».

En definitiva, le pide al juez que «levante el archivo del caso», al tiempo que apunta que «la motivación del auto resulta muy insuficiente y no ajustada a lo dispuesto en los artículos 24.1 y 120 de la Constitución Española y el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que conllevaría la nulidad de pleno derecho del auto».

«Cumplimiento de la legalidad»
Cabe recordar que la instrucción del caso concluye que «todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que han sido supervisadas por los registradores de la propiedad, contra los cuales caben interponer los recursos correspondientes tanto en vía administrativa como judicial», según recoge el auto.

De este modo, el juez decreta el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias en este caso, tras la primera denuncia del edil de UCOR y las posteriores del excoordinador general de IU y exalcalde de Córdoba, Julio Anguita; el representante de EQUO y quien fuera candidato a la Presidencia de la Junta por dicha formación, José Larios, y el representante de Andalucía Laica Aureliano Sainz.

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