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Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que una bendición en el contexto escolar no vulnera la libertad de culto

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que Rusia no vulneró el artículo 2 del Protocolo 1 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la educación, ni tampoco el artículo 9 de la Convención que establece la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

El caso expuesto dice relación con el rito de la iglesia ortodoxa rusa de bendecir una sala de clases. Los denunciantes son los padres de un niño que, acorde a su declaración, fue obligado a participar en este rito al iniciar el año escolar a pesar de que los padres no habían sido informados. Señalan que la escuela no respetó su derecho a educar a su hijo en conformidad con sus creencias religiosas.

El Tribunal consideró que la ceremonia había sido un evento aislado, limitado en alcance y duración y, sin ninguna intención de adoctrinamiento religioso por parte de la escuela. Acorde a la justicia nacional, se advirtió que el hecho fue un error de juicio de parte de la profesora, el cual fue rectificado por la escuela a través de sanciones.

Vea texto íntegro de la sentencia (en inglés) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Caso Perovy c. Rusia.

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