En el Boletín Oficial del Estado, del día 17 de septiembre de 2014, se ha publicado la Ley de racionalización del Sector Publico, típica "ley cajón de sastre" a la que nos ha acostumbrado nuestro doloroso gobierno.
En su articulado incluye la regulación de la "Naturaleza y Régimen Jurídico de la Obra Pía de los Santos Lugares", entre sus fines están:
a) Sostener la Basílica-Museo de San Francisco el Grande de Madrid.
b) Mantener e incrementar la presencia española en Tierra Santa.
c) Promover el estudio de la historia de la presencia española en los pueblos del Mediterráneo y Oriente Medio y, en especial, en Tierra Santa.
Pero hay que pasmarse, la Obra Pía de los Santos Lugares es una entidad estatal de derecho público, integrante del sector público administrativo y adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Subsecretaría. Y el personal de dicha Obra será funcionario o laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración General del Estado.
Dicha institución fue creada por una Ley de 3 de junio de 1940, en los comienzos del régimen franquista. En los actuales tristes tiempos de saqueo a la administración sanitaria y educativa para su otorgamiento gubernativo gracioso y gratuito a los bancos ¿no era un buen momento para eliminar tal gasto? ¿Cuándo nuestros poderes públicos asumirán el mandato constitucional de que el Estado español es aconfesional? ¿Qué es eso que se defiende en los santos lugares? ¿Cuántas instituciones como ésta amparadas en lo publico existen aún? Humildemente solicito la disolución de la Obra Pía de los Santos Lugares y la adscripción de su personal a otros menesteres funcionariales de algún interés.
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