Servicio de Asistencia Religiosa a los miembros Católicos de las Fuerzas Armadas.
El pasado 30 de noviembre el Boletín Oficial de Defensa ha publicado la Orden Ministerial 84/2011 de 18 de noviembre por la que se desarrolla parcialmente, en materia de régimen de personal, el capítulo II de Real Decreto 1145/1990 de 7 de septiembre.
Esta nueva normativa viene a recoger, clarificar y mejorar las diferentes disposiciones que, desde la creación del Servicio de Asistencia Religiosa de las FAS en 1990, han ido desarrollando el Real Decreto.
El texto, además de contemplar aspectos de la organización del Arzobispado Castrense conforme a los Acuerdos Iglesia-Estado, ofrece una única redacción normativa sobre la función, posición y consideración del Servicio de Asistencia Religiosa y de los Capellanes Castrenses dentro de las unidades y en situaciones de especial relevancia, como son las Misiones Internacionales.
Con el nuevo desarrollo, el Servicio de Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas Españolas se asemeja más a lo ya existente en las Fuerzas Armadas de otros países democráticos de nuestro entorno, en virtud del derecho de la libertad religiosa de sus miembros.
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