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Un aula de un colegio en una foto de archivo.EUROPA PRESS

Sentencia histórica: un juez obliga a incluir a un profesor de religión en una estabilización porque su plaza es «estructural»

El sindicato de docentes AMRC confirma que es la primera sentencia en España en esta materia.

Un juzgado de Barcelona ha obligado a la Generalitat a incluir a un profesor de religión católica en un proceso de estabilización de interinos y sustitutos de 2022 del que fue excluido, sentencia que el sindicato de docentes AMRC califica de «histórica», al ser la primera en España de este tipo.

En una sentencia, el Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona ha estimado la demanda presentada por el docente y ha obligado a la Dirección General de Función Pública de la Generalitat a incluir al profesor de religión en el proceso de estabilización, tras considerar que su plaza es «estructural».

El profesor, miembro del sindicato AMRC y representado por la abogada Julia Calvo, comenzó a ejercer como profesor de religión católica en la educación pública en el año 2010, servicio que presta en la actualidad como personal laboral temporal en cuatro centros educativos catalanes.

El docente solicitó su inclusión en un proceso de estabilización de funcionarios e interinos del sector público de junio de 2022, que la administración desestimó, y aunque el afectado recurrió la decisión, la Generalitat la rechazó basándose en el carácter «singular» de este profesorado. Entre otras cuestiones, la Dirección General de Función Pública señaló en su rechazo a incorporar al profesor al proceso en que es la confesión correspondiente quien tiene que acreditar al docente, y que será impartida «para cada año escolar» por el profesional designado por la autoridad religiosa competente.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida, destaca que el demandante «acredita cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en la resolución». Sobre la asignación específica del profesorado de religión, la sentencia recuerda que «una vez superado el requisito inicial de idoneidad» para ejercer como docente de la materia confesional, este «no es renovado anualmente», sino que se mantiene.

El juez subraya que «partiendo de la singularidad de los profesores de religión», estos cuentan con «un cuadro normativo idéntico» al personal interino no fijo, con características, regulación y obligaciones iguales al resto de docentes, y que están «completamente integrados en los claustros». Por su parte, el sindicato AMRC ha calificado de «histórica» la decisión, de la que han indicado que es la primera de España de estas características, que reconoce, entre otras cosas, la «naturaleza estructural» de sus puestos de trabajo.

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