La religión como argumento para no legislar y el estado de laicidad de RD. Ante los inconvenientes que ha suscitado el argumento religioso en la toma de decisiones del Estado en la República Dominicana, algunos sectores se han planteado la necesidad de estudiar si más que ser un Estado laico, la nación deba convertirse en un Estado aconfesional.
Mucho se ha dicho de que la religión oficial de la República Dominicana es la católica, sin embargo, el marco jurídico nacional no establece ninguna religión o fe como la oficial del país, inclusive, en la Constitución Dominicana se deja claro que en la nación existe la libertad de culto y el derecho a la igualdad definiendo a nuestro sistema de gobierno como un Estado Laico, es decir, uno en el que las decisiones se toman -al menos así debe ser- sin que religión alguna intervenga en ellas.
La Constitución Dominicana establece en su artículo número 39 el “Derecho a la igualdad” en el que hace referencia a que todas las personas deben ser consideradas de la misma manera por parte del Estado y sus representantes sin discriminación por raza, sexo, religión o creencias.
Además, el artículo número 45 consagra la “Libertad de conciencia y cultos” con el que se garantiza que cualquier ciudadano pueda hacer uso de este derecho.
No obstante, la religión católica ha alcanzado una gran influencia en la República Dominicana -como en gran parte del mundo-, principalmente por la cantidad de adeptos que tiene. Empero, no es la única que se profesa en el país.
El catolicismo alcanzó un carácter de oficial durante la dictadura de Rafael L. Trujillo quien en 1954 firmó un acuerdo con la Santa Sede en el que hacía grandes concesiones a la Iglesia Católica solo con el único fin de que esta aceptara su divorcio con su entonces esposa, María Martínez Alba, quien fue su cónyuge desde 1937 hasta 1961.
Aún se aboga porque el Estado dominicano desestime ese acuerdo con la Iglesia Católica que permanece vigente y que mantiene los mismos beneficios para esta religión en el país.
Estado laico, confesional o aconfesional
De acuerdo, con lo que establece la legislación nacional, la República Dominicana es un Estado Laico, es decir, que ninguna religión interfiere en las decisiones de alguno de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, legislativo y judicial), por lo que, discusiones como la despenalización de la interrupción del embarazo en sus tres causales -por ejemplo- no deberían verse afectadas por las opiniones de los representantes de ninguna religión que tenga presencia en el país, ni a favor ni en contra.
Sin embargo, a diferencia del Estado laico en el que el gobierno no profesa, al menos públicamente o de manera oficial ninguna religión, en el estado confesional se hace exactamente lo contrario, en este los países sí tienen religión oficial, lo que por muchos años se consideró que ocurría en la República Dominicana, a raíz del concordato entre el dictador Rafael L. Trujillo y la Iglesia Católica.
Un Estado aconfesional es aquel en el que se reconocen las distintas creencias religiosas presentes en la población, se apoyan y se fomentan sin que estas intervengan de manera alguna en la toma de decisiones, a diferencia del Laico que simplemente no las considera de ninguna manera.
Ante el “Impasse” en el Congreso Nacional por discusiones respecto al debate de lo que debe incluirse o no en la discusión de modificación del Código Penal Dominicano sobre la interrupción voluntaria del embarazo o el reconocimiento de los derechos de las -mal llamadas- minorías como la comunidad LGBTIQ+ o incluso la discusión de enseñar educación sexual en las escuelas y las consecuentes posiciones de rechazo que han presentado religiones como la católica y la evangélica -de las más populares en el país- sobre estos temas específicamente; diversas organizaciones de la Sociedad Civil han manifestado la necesidad de que la República Dominicana se convierta en un Estado aconfesional.
¿Es el Estado aconfesional la respuesta?
Independientemente de que se considere a la República Dominicana como un Estado laico, confesional o aconfesional, el marco jurídico nacional establece claramente cuál es la manera en la que deben actuar los representantes del gobierno.
Para la abogada constitucionalista y feminista, Patricia Santana, que la República Dominicana sea un Estado laico es suficiente para garantizar que desde el Estado se respete y garantice los derechos y libertades de todos los ciudadanos.
“Entiendo que el sistema idóneo, que se caracteriza por reconocer la existencia de las religiones y proteger la libertad de culto, es la laicidad. En este sistema, el Estado respeta la autonomía de las religiones, a la vez que excluye de sus políticas cualquier influencia que pueda traducirse en violación a dicha libertad”, dijo Santana.
Además, establece que el concordato firmado por Trujillo y la Iglesia Católica es inconstitucional y perdió eficacia con la incorporación de distintos convenios internacionales de derechos humanos ratificados por el Gobierno dominicano.
“Es decir, la religión católica ya no es la religión de la nación dominicana, aunque sí se pueda afirmar que somos un Estado de orientación confesional, porque hay prácticas y normas vigentes vinculadas al cristianismo”, agregó.
La jurista y activista social descarta la necesidad de una declaración de “Aconfesionalidad” por parte del Estado dominicano para asumir la secularidad como algo más que una aspiración.
“Las legisladoras y legisladores quieren justificar en su fe temas como la prohibición absoluta del aborto, pero son representantes del Estado, y como tales, deben actuar”, puntualizó Santana.
Religiones de la región de América Latina y el reconocimiento de libertades ciudadanas
Tal vez, el tema que más enfrenta a la laicidad del Estado y la religión es la interrupción voluntaria del embarazo en sus tres causales o la enseñanza de la educación sexual en las escuelas, pero en la región de América Latina, en la que predomina el el catolicismo y el protestantismo como religiones en los países que la conforman son varias las naciones que han resuelto este debate independientemente de la opinión de los religiosos.
En Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Santa Lucía, Uruguay y Venezuela la mayoría de su población profesa la religión católica.
De estos países en aquellos donde la interrupción del embarazo está despenalizada son: Colombia, Argentina, Uruguay, Cuba, entre otros como Puerto Rico, México, cuyas poblaciones son mayormente católicas.
Además, en Venezuela, Guatemala, Perú y Costa Rica, Chile, Brasil, Bolivia, Belice y Ecuador se permite la interrupción del embarazo bajo ciertas condiciones, pero son países cuyas poblaciones son en su mayoría católicas.
En el caso de los países de la región cuyas poblaciones son en su mayoría protestantes se cuentan a: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Guyana Francesa y Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago.
Entre aquellos con mayoría protestante que se ha despenalizado la interrupción del embarazo se cuentan a: Guyana Francesa y Guyana.
De la región, solo República Dominicana, Haití, Honduras, El Salvador y Nicaragua mantienen la prohibición del aborto.
Organizaciones como la Alianza Cristiana Dominicana y Católicas por el derecho a decidir en la República Dominicana se han unido para desde el cristianismo profesar su apoyo a la interrupción del embarazo en sus tres causales argumentando que “Como mujeres de fe pensamos que las tres causales no deben ser vistas como una lucha entre conservadores y progresistas, sino como una necesidad que impone el Estado en cuestiones de Salud Pública y de la dignidad de las personas”, establece la ACD en un comunicado.
Además, recordaron que la discusión no se debe limitar a una perspectiva religiosa, ya que no hay fundamentos bíblicos o teológicos que establezcan claramente un rechazo al aborto. Asimismo, recordaron que las decisiones del Gobierno deben tomarse al margen de cualquier creencia religiosa por la naturaleza del Estado.