Ante la reciente incursión de la senadora María Eugenia Bajac, quien utilizó la sesión para orar, desde el Viceministerio de Culto recuerdan que no se puede ejercer ambos cargos a la vez según la Constitución Nacional.
Pese a que la liberal María Eugenia Bajac asegura que ya renunció a su pastorado hace dos años para entrar al ámbito político, este jueves volvió a utilizar la sesión para poner en práctica su religión.
En tal sentido, el viceministro de Culto, Fernando Griffith, recordó la prohibición establecida en la Constitución Nacional.
“Hay que ver su papel en esa iglesia, la iglesia sigue operando pero no puede estar en un cargo electivo y ejercer el cargo de pastora a la vez”, advirtió Griffith en charla con la 730 AM.
El Paraguay goza de plena libertad de culto y el Viceministerio es el encargado de registrar en su base de datos a los pastores y otorgarle una habilitación para operar.
El artículo 197 de la Constitución Nacional habla de las inhabilidades para ser candidato a senadores y a diputados. En su inciso 5 menciona a los ministros o religiosos de cualquier credo.
A criterio del senador Enrique Salyn Buzarquis, corresponde aplicar la pérdida de investidura, (201, CN) por ser una pastora en ejercicio.