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Obispos al banquillo

 

Como su reino no es de este mundo, la Iglesia es propensa a olvidar que está sometida a las leyes de los hombres, y que, ante los gravísimos casos de pederastia que afronta, su código canónico no deja de ser una curiosidad en invierno y un buen abanico en verano. Lo sorprendente es que la Justicia ignore el Código Penal y se conforme con tres avemarías. Como en otros delitos, en los abusos sexuales no cabe sólo la persecución de sus autores materiales, sino también la de aquellos que fueran cooperadores necesarios de los hechos o de quienes los hubieran encubierto. Es decir, que si un sacerdote es un pederasta y el obispo correspondiente, al tanto de sus actividades, le traslada de parroquia para evitar el escándalo, debería ir con él a la cárcel.

El citado Código Penal establece en su artículo 451 penas de seis meses a tres años de cárcel para quienes, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, intervinieran con posterioridad a su ejecución, ya sea ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito para impedir su descubrimiento, o bien ayudando a los responsables a eludir la investigación de la autoridad o a sustraerse a su busca o captura.

Relataba Público esta semana el caso del sacerdote Rafael Sanz y las maniobras llevadas a cabo por Rouco Varela para ocultar los abusos, incluida la persecución a sus denunciantes. Sanz fue finalmente condenado y el juez obligó al Arzobispado de Madrid a indemnizar a la víctima en concepto de responsabilidad civil. ¿Por qué no se abrieron diligencias contra Rouco por encubrimiento? ¿Por qué en ninguno de los casos de pederastia que afectan a sacerdotes se ha investigado el papel de sus superiores jerárquicos? Misterios de la Santa Madre Iglesia.

En su reciente pastoral al clero irlandés, Benedicto XVI, quien también fue informado de los abusos de un sacerdote de EEUU a 200 niños sordos y se hizo el sueco, reconocía la tendencia “bienintencionada pero equivocada, de evitar los enfoques penales de las situaciones canónicamente irregulares”. Si el Papa, que es infalible, llama tendencia a lo que es un delito, no debe extrañar que los clérigos interpreten a su manera el “dejad que los niños se acerquen a mí”.

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