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Los profesores de Religión recurren ante el TS la «ideología trasnochada» de Educación

Según los denunciantes, los decretos de enseñanzas mínimas en Primaria, ESO y Bachillerato impulsados por Moncloa suponen una serie de «vulneraciones» con respecto a la asignatura que imparten en las aulas

Los profesores de Religión han estallado contra los reales decretos del Gobierno que regulan las enseñanzas mínimas en las etapas educativas de Primaria, ESO y Bachillerato. Consideran que están plagados de «ideología trasnochada». Quieren tumbarlos. Y, para ello, han interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo a través de la Unión Sindical Independiente de Trabajadores – Empleados Públicos y el Colectivo Nacional de Docentes de Religión (CONDOR).

«Una de las muchas carencias que contienen los reales decretos de enseñanzas mínimas aprobadas por el Gobierno es la referida a la enseñanza de la Religión en las escuelas. La ideología trasnochada que los sustentan, disfrazada de progresía de saldo, no solo atenta contra el sentido común, sino contra una auténtica enseñanza y una verdadera educación cuyo objeto es el pleno desarrollo de la personalidad humana», opinan.

Según los denunciantes, los decretos impulsados por Moncloa también suponen un perjuicio económico laboral para los docentes que imparten Religión

«Además de manosear torticeramente los contenidos curriculares y llevarlos a un nivel de deconstrucción del sistema educativo con buenos y malos, la burocratización con ingentes informes, la cada vez mayor desconfianza de los padres en el profesorado y un alumnado con carencias y sin muchas ganas de aprender, la sempiterna asignatura de Religión señala a un Gobierno sin neutralidad política», añaden.

Según los denunciantes, los decretos impulsados por Moncloa suponen una serie de vulneraciones con respecto a la asignatura de Religión, de oferta obligatoria, aunque de elección voluntaria. Y, además, creen que suponen un perjuicio económico laboral para los docentes que imparten esta materia.

Tanto la citada organización sindical como el colectivo CONDOR piden al Alto Tribunal que se pronuncie sobre el apartado tres de la disposición adicional primera del Real Decreto de Educación Primaria y del Real Decreto de Educación Secundaria Obligatoria, toda vez que el contenido de la «debida atención educativa», esto es, sobre las competencias clave en Primaria y los elementos transversales en educación Secundaria, «por vulnerar el principio de legalidad y de seguridad jurídica y, subsidiariamente, por discriminar a los alumnos que libremente eligen la asignatura de Religión».

Apelan a la Constitución

Según el escrito, estos desempeños se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y les posiciona en una mejor situación académica por obtener unos mejores conocimientos en áreas básicas.

También quieren que la Justicia se pronuncie sobre el apartado tres de la disposición adicional primera del Real Decreto de Educación Primaria y del Real Decreto de Educación Secundaria Obligatoria, respecto a la «debida atención educativa», que prohíbe el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho religioso no confesional, por ser contrario a la disposición adicional tercera, en su apartado 3, de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como del artículo 9.3 de la Constitución española que garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Asimismo, denuncian ante el TS el apartado sexto de la disposición adicional primera del Real Decreto de Educación Secundaria Obligatoria, y el apartado quinto de la disposición primera del Real Decreto de Bachillerato, instando
a computar la nota de Religión, además de en los expedientes académicos individuales
, en la concurrencia de expedientes a efectos de acceso a otros estudios, convocatorias para la obtención de becas, ayudas al estudio y otras. Por último, quieren que los magistrados tomen cartas en el asunto de la inclusión de una «alternativa» a la Religión que no es evaluable.

«Esperamos, sin apenas esperanza, que de una vez por todas queden resueltas estas cuestiones y se afronte la presencia de esta asignatura en la escuela pública, con los matices oportunos, pero con valentía y firmeza que impida que las ideologías tiñan de negro la enseñanza y la educación», reconocen.

La Religión en las distintas CCAA

El desarrollo de los distintos currículos por parte de las comunidades autónomas está teniendo sus complicaciones y también se ve afectado por el aterrizaje de la asignatura de Religión en el marco de la Lomloe. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la asignatura de Religión se mantendrá como hasta ahora, es decir, con 1,5 horas semanales.

En Aragón, el consejero de Educación, Felipe Faci, reconoció que «hay complicaciones con la asignatura de Religión» de 1º de Bachillerato y esto «no puede condicionar un currículum».  El consejero de Educación de Andalucía, Manuel Alejandro Cardenete, explicó que la Junta de Andalucía no había reducido el número de horas de la asignatura y recalcó que esa iba a seguir siendo la «premisa» del Ejecutivo de Juanma Moreno.

En un contexto en el que la Religión pierde peso en la ley educativa y que los profesores de esta materia ven peligrar sus puestos de trabajo, cabe destacar que existen sentencias del Tribunal Supremo y Constitucional que determinan que el profesorado de Religión sólo puede dar Religión. La última sentencia del TS se publicó en julio de 2020.

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