La Ley de Infancia obliga a los colegios valencianos a ofrecer menús adaptados para los alumnos en función de sus creencias religiosas, puesto que la norma establece que “la igualdad de trato y la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, edad, núcleo familiar, ideología, nacionalidad, etnia, religión, lengua, cultura, opinión, diversidad funcional o discapacidad”.
Con esta ley en la mano, los centros educativos de la Comunitat Valenciana tendrán que ofrecer menús a la carta en función de las exigencias religiosas de sus alumnos. Las singularidades de cada religión a las que los comedores escolares deberán atender son las siguientes:
Religión católica
Hacen ayuno el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Además, en Cuaresma, no se come carne los viernes.
Religión islámica
Está prohibido el consumo de carne de cerdo y sus derivados, así como el alcohol. El consumo de otro tipo de carne se tiene que hacer mediante el concepto halal.
Religión judía
La alimentación ‘kosher’ está determinada por el ‘kashrut’, que define la forma de preparar los alimentos, cómo conservarlos, servirlos y consumirlos. Su calendario incluye varios días de ayuno.
Adventistas del Séptimo Día
Tienen fundamentalmente una alimentación vegetariana, pero pueden comer carne de animales rumiantes con pezuña partida, pescados que tengas escamas o aletas, o aves de corral.
Religión ortodoxa
Tienen días de ayuno todos los miércoles y viernes del año, la Cuaresma Ortodoxa y otros días de celebración.
Testigos de Jehová
No comen alimentos compuestos sobre todo de sangre.