Desde la autonomía moral de la persona, surgió un movimiento intelectual, cultural y político que, por coherencia, propone la separación entre el Estado y las Iglesias, lo que conlleva la autonomía de la política con respecto a las religiones. Es una clara determinación por independizar las vidas civil y religiosa, soslayando las interferencias entre dos tipos de instituciones, sobre temas tan gruesos como la apetencia de las Iglesias por poner a su servicio a la política. El objetivo no es otro que introducir la tolerancia y la libertad de conciencia e introducir la libertad religiosa, frenando la apetencia de las jerarquías religiosas, en especial de la católica por controlar la conciencia de las personas, que simultanean con la imposición de sus planteamientos morales, al tiempo que descalifican, desautorizan y critican, severamente, las proposiciones de las instancias civiles.
En modo alguno se puede tratar de identificar el laicismo con un carácter antirreligioso o anticlerical, sino desde el respeto a las diferentes tradiciones religiosas que puedan operar en una sociedad, incluyendo los colectivos que no están adscritos a ninguna de ellas y los que defienden la libertad de conciencia, fomentar, propiciar y promocionar los valores intrínsecos del pluralismo ético, moral y religioso, basados en la libertad de conciencia. Ello exige una neutralidad del Estado, al tiempo que una restricción de la religión a respetar la libertad de conciencia. Desde luego, el reflejo constitucional de todo ello, es una necesidad urgente, con objeto de normalizar un aspecto relevante de la vida, que debe enfocarse desde un nuevo paradigma, para la sociedad española, que refleja la valoración ajustada a la conciencia colectiva imperante mayoritariamente
Hoy, es muy usual que las respuestas a los problemas y cuestiones que derivan de algún aspecto relevante que aflora en el marco social, económico o político, se salden con un decremento de la democracia. Los derechos definidos y perfilados con anterioridad, se ven asaltados, mitigados e incluso despreciados con demasiada gratuidad y no siempre justificados mínimamente. Muy al contrario, parece, a todas luces, imprescindible retornar a la senda de respeto escrupuloso a la igualdad de derechos, abolición de las discriminaciones de todo tipo, incluyendo las asociadas a las convicciones, creencias y prácticas religiosas. La democracia solamente será plena desde la garantía de la diversidad, incluyendo todas las identidades por igual, compartiendo valores y propiciando la cohesión social. De esta forma, la laicidad es uno de los pilares que soporta la garantía de la convivencia, con respeto a la igualdad y a la libertad.
Asistimos, con harta frecuencia, perplejos, a pronunciamientos, al amparo de la legitimación religiosa, de posturas extremistas, a favor de prevalencia de género, inmiscuyéndose en derechos sexuales reproductivos, de desprecio y discriminación sexual, que chocan frontalmente con la igualdad de género. Es exigible que, también, desde la vertiente y desde las convicciones religiosas, se apoye con decisión, la igualdad de género, la lucha por los derechos a una vivienda digna, a un trabajo decente, a una educación pública de calidad, a una sanidad pública óptima y por todos los derechos constitucionales sin excepción.
Desde el Estado, en contrapartida, es preciso que el respeto a los derechos fundamentales garantice una democracia exquisitamente respetuosa con el principio de laicidad. No hay excusa posible para soslayar las garantías ciudadanas, independientemente de cuáles sean sus creencias, incluyendo la religión y las cuestiones de conciencia. Si la democracia es constitucional, de lo que hay duda alguna, el pluralismo y, por ende, la laicidad quedan incluidos en su propia definición, en el ADN de la propia democracia.
Abordar esta cuestión implica propiciar un consenso que permita establecer un marco adecuado para una sociedad que ha evolucionado social y culturalmente, desde el advenimiento a la democracia constitucional. Qué duda cabe que la exigencia simultánea es la aceptación de las religiones del principio de laicidad. Se parte de una situación asimétrica en la consideración de las religiones, que reconoce hoy, constitucionalmente, un trato preferente y de favor de la iglesia católica, lo que supone una discriminación de las confesiones minoritarias, al tiempo que supone una esquizofrénica redacción de una Constitución que aboga por la aconfesionalidad del Estado, al tiempo que admite una pervivencia de la confesionalidad en muchos artículos de la Constitución y, en todo caso, en los usos y costumbres que mantienen símbolos religiosos en actos públicos de entidad civil y privilegios otorgados a la Iglesia, incluso de carácter puramente administrativo, como lo es el de los artículos 2 y 206 de la infausta Ley Hipotecaria, en que se le reconoce a la Iglesia Católica el privilegio de la inmatriculación, incluso careciendo de título escrito de dominio. Se hace precisa la denuncia de .los acuerdos de España con la Santa Sede, al igual que los acuerdos con las entidades evangélicas, comunidades judías e islámicas y deben verse sometidos a una revisión y reedición donde sea pertinente, a la luz de una laicidad inexcusable del Estado.
El artículo 16.3 de la carta magna, precisa supresión. Las políticas de gestión de la pluralidad religiosa requieren garantías para la práctica de la libertad de conciencia y religiosa. Las limitaciones de estas, las establecen los derechos de los demás ciudadanos, como acontece con todos los derechos en una sociedad democrática plural. Todos los grupos religiosos y el de los no creyentes, deben quedar salvaguardados por un Estado que no tiene título alguno para discriminar a ninguno de sus ciudadanos.
En un Estado tan próximo como el francés, declarado laico, se respetan todas las creencias, esencia del laicismo y es aconfesional, como mejor forma de respetar su condición laica. Cuando aplica el laicismo a la Escuela, pretende garantizar el respeto a sus principios en ellas, como fórmula de ofrecer al alumnado las condiciones para forjar la personalidad, protegidos de todo proselitismo y eliminando toda presión que no corresponda a su elección, garantizando el acceso a una cultura común y compartida, asegurando la libertad de expresión de los alumnos, rechazando la violencia y la discriminación y garantizando la igualdad entre niños y niñas. Participa al personal de la obligación de transmitir a los alumnos el sentido y los valores del laicismo, exigiendo a los profesores que sean neutrales, al tiempo que el alumnado no puede invocar una convicción religiosa para poner en entredicho una cuestión relativa al programa, ni puede invocar su pertenencia religiosa para rechazar alguna regla escolar, como tampoco pueden exhibir signos o prendas en las que se evidencie la pertenencia religiosa. Destacamos, también que los alumnos contribuyen a dar vida a la laicidad con sus actividades y reflexiones. Naturalmente que estas condiciones obligan a las escuelas públicas. Los centros confesionales, privados o concertados, están exentos de exhibir estos compromisos.
Es un itinerario razonable que debe transitar nuestra democracia que, poco a poco, va alcanzando la mayoría de edad. La autofinanciación de la actividad religiosa, basada en la contribución activa y voluntaria de los ciudadanos que participen de una determinada práctica religiosa, es un imperativo para el logro de la plena autonomía de las iglesias. También es una forma de lograr su independencia. Es lo propio de un Estado moderno, democrático, que respeta la pluralidad y aboga por la laicidad.
Alberto Requena es Presidente del Partido Socialista de la Región de Murcia