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Laicismo del Estado, asignatura pendiente

Los asuntos de especial trascendencia para la consolidación de la democracia española han brillado por su ausencia en la pasada campaña electoral y en los dos debates televisados: la Memoria Histórica y la laicidad del Estado.

La amplia cobertura mediática sobre la pretensión del Gobierno de sacar los restos del dictador del Valle de los Caídos, que en gran parte ha silenciado otras reivindicaciones memorialistas, ha dado paso a un aparente pacto de silencio para no ‘enturbiar’ los debates con un tema siempre espinoso, sobre todo para la derecha y extrema derecha emergente, a la vista del renacido revisionismo histórico que ha anidado en la sociedad española en los últimos tiempos: la Memoria Histórica.

Pero voy a reflexionar en las siguientes líneas sobre el ‘apagón’ informativo sobre una estructura de poder anclada secularmente en nuestra formación social: la Iglesia católica. Esta institución, una vez más, ha estado ausente de la campaña electoral, pese a que en los últimos tiempos la sociedad española ha comenzado a mostrar una mayor sensibilidad hacia asuntos, algunos muy graves, enquistados en su seno como los casos de pederastia, los privilegios fiscales, las inmatriculaciones, las voces discrepantes de la jerarquía católica en temas reconocidos y regulados jurídicamente como la homosexualidad, el aborto, la violencia machista, etc.

Y es que a nadie se le oculta el hecho de que la Iglesia siempre ha sido, y es, una enorme institución de poder. Basta rastrear el proceso constitucional español que arranca en las Cortes de Cádiz para constatar que la confesionalidad católica del Estado ha permanecido siempre incrustada en el articulado de las distintas constituciones. Si exceptuamos la de 1869, que tibiamente consagró la libertad de cultos, y la republicana de 1931, todas las leyes fundamentales del país, hasta la promulgación de la Constitución de 1978 (CE78), han venido lastradas por el peso de esa confesionalidad católica.

El complemento necesario, además, para la consolidación de ese predominio de la religión católica en la conformación de la vida social y política del país fueron los diferentes Concordatos (hoy Acuerdos) del Estado español con la Santa Sede.

Aunque en el reinado de Carlos III el Concordato de 1753 ya supuso la regulación de las tensiones con el Vaticano en relación con el llamado ‘regio patronato’ (esto es, la potestad de la Corona de proponer candidatos a las sedes episcopales vacantes), para el propósito de nuestro artículo hay que ahondar en las repercusiones que tuvieron los Concordatos de 1851 y 1853, en el reinado de Isabel II, por cuanto se compensaba a la Iglesia por las desamortizaciones liberales, con la Ley de dotación de culto y clero, al tiempo que se le otorgaba algo tan importante para el control ideológico de la población española como la fiscalización de la enseñanza, que luego se consolidó con la Ley Moyano de 1857.

Tras el breve paréntesis que supuso la legislación laica de la II República, la confesionalidad católica adquirió plena carta de naturaleza durante el franquismo. El Concordato de 1953 restituía la total confesionalidad del Estado, reactualizaba el antiguo ‘regio patronato’, al atribuir a Franco el derecho de presentación de ternas de obispos, y otorgaba única validez al matrimonio canónico. Además, establecía una férrea supervisión de la enseñanza por parte de la Iglesia, y le otorgaba exenciones fiscales y la autorización para la constitución de universidades.

Muerto el dictador, tras el Acuerdo con el Vaticano de 28 de julio de 1976, por el que se adjudicaba a Juan Carlos I la potestad del nombramiento del vicario general castrense con graduación de general de división, la necesidad de adecuar las relaciones con la Santa Sede por parte del Estado al nuevo marco constitucional llevó a la firma de los cuatro Acuerdos con el Vaticano de 3 de enero de 1979, suscritos sobre Asuntos Jurídicos, sobre Enseñanza y Asuntos Culturales (que permitió la introducción de la religión en las aulas y posibilitó la extensión de los conciertos educativos con centros religiosos), sobre Asistencia Religiosa a las Fuerzas Armadas y, por último, sobre Asuntos Económicos, con el compromiso por el Estado del sostenimiento económico de la Iglesia católica a la que, además, se le otorgaban todo tipo de exenciones fiscales.

Aquellos Acuerdos preconstitucionales (pues se negociaron antes de la aprobación de la CE78) motivaron que el teólogo Juan José Tamayo, uno de los manifestantes ante la Nunciatura en Madrid en enero de 1979, llegara a afirmar que «[esos Acuerdos de 1979] por venir negociándose desde muchos antes de la Constitución, fueron un Concordato encubierto, que se amparaba en la confesionalidad encubierta del artículo 16.3 para propiciar todo tipo de privilegios a la Iglesia católica».

A cualquier atento observador no se le escapa el hecho de que, en estos últimos años, la presencia de la Iglesia en un supuesto estado aconfesional (que no laico), por esa confesionalidad encubierta arriba citada, parece ir in crescendo: la amplia cobertura mediática, sobre todo de la televisión pública estatal, de los desfiles procesionales de semana santa; la presencia en los mismos de cargos institucionales, opuesta a la necesaria neutralidad religiosa; la militarización creciente de esas supuestas muestras de fe popular; la financiación de las cofradías con dinero público, etc. parece ir en la dirección opuesta a los cambios experimentados por la sociedad española: asociaciones como Europa Laica vienen evidenciando que el 60% de los españoles no asiste a actos religiosos, si se exceptúan los de tipo social, como bautizos, comuniones, bodas o funerales, y el 47% de los jóvenes entre 18 y 24 años se declaran agnósticos o ateos.

Cuando este artículo vea la luz, se habrán celebrado ya las elecciones generales. Dependiendo de su resultado, uno de los desafíos para un eventual Gobierno progresista de izquierdas es, pues, la separación de la Iglesia del Estado (Francia ya lo hizo en 1905), la asignatura pendiente del Estado español, con la denuncia y posterior derogación de los Acuerdos con el Vaticano de enero de 1979.

Diego Jimenez

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*Los artículos de opinión expresan la de su autor, sin que la publicación suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan todo lo expresado en el mismo. Europa Laica expresa sus opiniones a través de sus comunicados.

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