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La Virgen mantiene la medalla por un mínimo 3 a 2 de la Audiencia Nacional. La noticia de la sentencia en la prensa

Basta la lectura del voto particular para comprobar las razones que avalaban nuestra demanda y la inconsistencia de los argumentos mayoritarios, que más allá del orden jurídico avalan consideraciones de carácter religioso impropias de un Estado aconfesional, como aseguran los propios magistrados discrepantes.

Texto de la sentencia y voto particular:

Sentencia de la Audiencia Nacional Contencioso 11nov2015 Medalla Oro Mérito Policial a la Virgen del Amor


 

La Audiencia Nacional avala ‘por la mínima’ la medalla policial a la Virgen del Amor

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha acordado por tres votos contra dos avalar la polémica condecoración. Los magistrados discrepantes consideran que esta distinción no supone “ningún incentivo para los miembros de la Policía Nacional”, objetivo último de estos reconocimientos.

Óscar López-Fonseca ha seguido este tema, informando puntualmente durante los largos 19 meses del proceso, en Voz Pópuli

Diecinueve meses después, ya hay sentencia por la polémica concesión por parte del Ministerio del Interior de una medalla policial a la Virgen del Amor. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado un fallo que avala dicha condecoración. Eso sí, por la mínima. Tres magistrados la han respaldado, frente a dos que eran partidarios de considerarla no ajustada a derecho. Éstos han emitido un voto particular. De este modo, la Justicia rechaza el recurso que en abril del año pasado presentaron las asociaciones Europa Laica y Movimiento Hacia un Estado Laico (MHLUE)contra la orden de la Dirección General de la Policía del 3 de febrero de 2014 revelada en exclusiva por Vozpópuli que concedió la medalla de oro al mérito policial, con carácter honorífico, a Nuestra Señora María Santísima del Amor.

Los tres magistrados que han dado el visto bueno a la polémica condecoración siguen en la sentencia los argumentos defendidos por la Abogacía del Estado, que representaba a Interior en la causa. Ésta consideraba que el verdadero destinatario final de la misma era la Cofradía de Jesús el Rico, cuyo símbolo representativo era precisamente la Virgen del Amor. Además destacan que dicha congregación ha estadohistóricamente ligada a la Policía Nacional. El fallo destaca que este tipo de reconocimientos es una potestad discrecional de la Administración que, en este caso, además, no denota ningún tipo de irracionalidad o arbitrariedad como denunciaban las dos asociaciones laicas. La sentencia también recuerda que no es la primera vez que se concede el ingreso en la Orden al mérito policial a una imagen religiosa como símbolo representativo de un colectivo.

El voto particular de dos magistrados

Frente a la tesis de la estos tres magistrados, sus dos compañeros firmanun voto particular al entender que sí se tenía que haber anulado esta condecoración. Estos dos jueces, entre ellos el presidente de la sección,José Luis Gil Ibañez, argumentan que el espíritu de la ley por la que se dan este tipo de condecoraciones persigue recompensar comportamientos muy relevantes o trayectorias profesionales ejemplares de personas o grupos de personas, muchas veces anónimas, que objetivamente se han hecho acreedoras de ellas. Además, ambos jueces recuerdan que estas recompensas se dirigen directamente a miembros y funcionarios de la Policía Nacional y sólo excepcionalmentese concede a otras personas físicas o jurídicas o, incluso, entes sin personalidad, cuando concurren algunos de los motivos legalmente señalados.

El voto particular también destaca que para conceder una medalla de oro se requieren actos excepcionales de valor como fallecer en acto de servicio, padecer mutilaciones, o algún servicio de trascendental importancia que redunde en prestigio de la institución que las concede, algo que creen probado que en este caso no se da. Dentro de las excepciones para otorgar una medalla a personas ajenas al Cuerpo, no puede encajar, según los magistrados discrepantes, conceder la medalla de oro a una cofradía sobre la base de que colabora con la Dirección General de la Policía, principalmente en la Semana Santa: “Con todos los respetos para la postura mayoritaria, ni la asistencia a actos procesionales, ni el privilegio de liberar a un preso durante la Semana Santa constituyen comportamientos o actuaciones extraordinarias o motivos que, excepcionalmente, aconsejen otorgar la principal distinción policial, al no suponer esta distinción ningún incentivo para los miembros de la Policía Nacional”, concluyen.

19 MESES PARA UNA SENTENCIALa sentencia dada a conocer este miércoles pone fin a un largo proceso judicial que ha durado finalmente 19 meses pese a que cuando se inició parecía que iba a ir rápido. De hecho, la primera magistrada que se hizo cargo del caso, la titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, Ana María Jimena, llegó a poner fecha para la vista tras la que iba a tomar la decisión: el 11 de junio de aquel año. Sin embargo, una maniobra de última hora del Ministerio del Interior, personado en la causa a través de la Abogacía del Estado, obligó a suspender la misma poco antes de celebrarse. El departamento de Jorge Fernández Díaz alegó entonces que la Virgen del Amor no era “funcionaria” y que, por lo tanto, era obligatorio que la causa fuera tramitada y fallada por una sala. Ese escrito obligó a la juez a plantear un “incidente de competencia” en el que finalmente acordó remitir la causa a sus compañeros de la Sección Quinta, que son los que finalmente han emitido el fallo.Éstos también estuvieron en una ocasión a punto de tomar una decisión. Fue poco después del verano del año pasado, pero entonces Interior volvió a maniobrar para demorar el fallo. Así, el 30 de septiembre del año pasado, dos semanas después de que los componentes del tribunal resolvieran que la causa ya estaba “conclusa” y que, por tanto, ya sólo quedaba fijar fecha para reunirse y tomar el fallo, la Abogacía del Estado volvía a presentar un escrito ‘in extremis’. En esta ocasión, la representante legal del Ministerio planteó, en primer lugar, que el tribunal diera marcha a su decisión de considerar terminada la causa y, en segundo, que se planteara si las dos asociaciones laicas demandantes estaban legitimadas para emprender las medidas legales que habían llevado a la Audiencia Nacional a estudiar la nulidad o no de la condecoración.Tres meses después, en diciembre, los magistrados decidieron tumbar este último intento de dar carpetazo a la demanda y emitieron un auto por el que consideraba a Europa Laica y a MHUEL plenamente legitimadas para recurrir la decisión del departamento de Fernández Díaz. Entonces el tribunal dio 20 días a Interior para que presentase su escrito de defensa a partir del cual debía tomar su decisión. Ésta decisión situaba entonces a finales de enero o primeros de febrero pasado la fecha para conocer el fallo, sin embargo un nuevo escrito volvía a demorar el mismo. En este caso era el presentado por la Cofradía que custodia la imagen religiosa condecorada la que ha obligado a alargar los plazos. En primer lugar, para decidir si se admitía su personación como “codemandada” junto a Interior. Y, una vez aceptado como tal, para darle traslado de la documentación y darle los 20 días de plazo para presentar su escrito de defensa.Estos tres aplazamientos del fallo no son, sin embargo, los únicos retrasos que ha sufrido la causa. Así, por ejemplo, Interior tardó meses en remitir a la Audiencia Nacional el expediente administrativo de la concesión de la medalla pese a que la magistrada había dado al Ministerio 21 días para que se lo hiciera llegar. Cuando éste, de tres folios de extensión, hizo entrada en el juzgado se supo que el departamento de Jorge Fernández Díaz no había dudado en remontarse a 1938, en plena Guerra Civil, para encontrar argumentos que justificasen la polémica entrega. El expediente, adelantado por Vozpópuli, destacaba también que el objetivo último de dicha condecoración era pedir a la Virgen que “guíe a la Policía en la difícil misión que tiene encomendada”. Según las asociaciones laicas que denunciaron la entrega de la distinción, aquel documento revelaba la existencia de al menos dos supuestos defectos de forma que supondrían la nulidad de la decisión del ministro.

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