El periódico americano se hace eco de la posible anulación de la condecoración a la Virgen de El Rico, tal y como piden dos asociaciones laicas
Está claro que la medalla al mérito policial a la Virgen del Amor no ha dejado a nadie indiferente. Es más, ha traspasado fronteras. Y es que seis meses después de la decisión del Ministerio del Interior todavía la noticia da que hablar. El último en hacerlo ha sido el periódico norteamericano 'The Wall Street Journal'. "Ella nunca vio la cara del peligro porque no puede moverse", dice el artículo que dedican a la titular de El Rico, desgranando las peticiones de las asociaciones Europa Laica y el Movimiento hacia un Estado Laico, que piden que la Justicia aclare si es procedente 'que una Virgen sea meritoria' del galardón.
La Audiencia Nacional admitió a trámite la demanda interpuesta por los colectivos, quienes confían en que la justicia determine si es procedente o no, según la ley vigente de honores y distinciones, "que una Virgen sea meritoria de dicha condecoración de este tipo". En su demanda cuestionan que pueda concederse una distinción a una figura religiosa, "que no es persona ni por tanto tiene entidad jurídica, ni es ni puede ser sujeto de derecho ni de obligaciones", por lo que estiman que "no se ajusta a los criterios establecidos por la legislación aplicable a tal efecto". La sentencia de conocerá en las próximas semanas.
El pasado 24 de febrero, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, concedió con carácter honorífico la medalla al mérito policial, máxima distinción de la Policía, a Nuestra Señora María Santísima del Amor. Fue la Dirección General del Cuerpo la que propuso al Ministerio la concesión de la medalla "en favor de la Advocación Mariana Titular de la Real, Excelentísima, Muy Ilustre y Venerable Cofradía de Culto y Procesión de Nuestro Padre Jesús El Rico y María Santísima del Amor".
Ni es funcionario ni persona
"Desde el más absoluto respeto -se añade en la demanda- resulta palmario que Nuestra Señora María Santísima del Amor ni es miembro funcionario de los Cuerpos y Unidades integrados en las Fuerzas de Seguridad del Estado (tampoco la Cofradía a la que se refiere la Orden), ni es persona".
"No siendo persona, se agrega, no puede predicarse de ella la muerte o la mutilación (dos supuestos que incluye la Ley) ni en acto de servicio ni en ningún otro, y por lo mismo tampoco ha podido realizar ninguno de los servicios, comportamientos o actuaciones" enumerados en el precepto sobre el citado galardón.
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