La Audiencia Nacional acepta la demanda de grupos laicos contra la ocurrencia religiosa de Fernández Díaz
La religiosidad del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, va camino de acabar en los tribunales por su ocurrencia de dar a una virgen la Medalla de Oro al Mérito Policial, el pasado 3 de febrero. La Audiencia Nacional ha admitido a trámite la demanda de Europa Laica y Movimiento hacia un Estado Laico contra el premio entregado a la Nuestra Señora Santísima de Amor.
Los demandantes fundamentan su petición en la ley que regula estas concesiones: “Desde el más absoluto respeto, resulta palmario que Nuestra Señora María Santísima de Amor ni es miembro funcionario de los Cuerpos que se indican, ni es persona. No siendo persona no puede alegarse como justificación ni la muerte ni la mutilación en acto de servicio, ni tampoco acreditar que ha acometido servicios ejemplares, por su grado de patriotismo, abnegación, valor o eficacia”.
Fomentar comportamientos beneficiosos
La demanda, según cuenta la Cadena SER, menciona la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ya en el año 2000 dejó claro que este tipo de distinciones sirven para fomentar comportamientos beneficiosos para la sociedad, objetivo que sólo se cumple cuando se otorga a personas real que puedan adoptar esos comportamientos.
Desincentivar a los agentes
Según los demandantes, la decisión de Interior ni es objetiva ni eficaz, y además puede desincentivar a los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como a otras personas que se merezcan esta distinción por un comportamiento ejemplar.
Las creencias del ministro
El presidente de Movimiento hacia un Estado Laica, Jorge García, considera que “lo que subyace en este tipo de decisiones es una política muy clara del actual ministro de Interior -conocido por sus creencias católicas- de favorecer cuestiones que a nuestro juicio son inconstitucionales y no tienen nada que ver con una sociedad secularizada como es la española. Opinamos que las creencias religiosas son absolutamente respetables pero deben corresponder al ámbito privado y los poderes públicos no pueden adoptar decisiones de marcado carácter confesional en el ejercicio de sus funciones”.
Imagen de Nuestra Señora María Santísima del Amor- (EFE)
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