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La Justicia de Mendoza (Argentina) declaró inconstitucionales dos artículos del derecho canónico

Le decisión del juez se dio en el marco de un juicio contra la Orden Salesiana, acusada de ocultar información a una víctima de abuso por parte del cura Raúl del Castillo.

Este jueves se conoció la sentencia en el marco del juicio que mantiene la Red Contra el Abuso Sexual Eclesiástico, contra la Congregación Salesiana, de la provincia de Mendoza. La acusación contra la orden tiene que ver con el ocultamiento de información a la víctima de abusos por parte de un cura perteneciente a la organización, Raúl del Castillo.

Según contó a La Izquierda Diario el abogado miembro de la red contra los abusos esclesiásticos, Carlos Lombardi, el juicio se ganó en primera instancia, lo cual es muy importante además, “porque el juez declaró la inconstitucionalidad de dos cánones del código canónico”.

“La sentencia que obtuvimos corresponde a un juicio muy similar a que le ganamos una vez al arzobispado de Mendoza en el caso de Iván González. Este caso es el de Esteban Córdoba contra la Orden Salesiana” comentó Lombardi y agregó que “no solamente le otorgan a este chico la indemnización que corresponde por la no participación procesal, por haberle lesionado la garantía de defensa en juicio dentro del proceso canónico. Además el juez declaró la inconstitucionalidad de dos cánones del código de derecho canónico, el 1717 y el 1719, algo que nunca había pasado. Esos cánones hacen referencia al procedimiento canónico, que está amparado por el secreto pontificio aun respecto a los denunciantes”.

El abogado explicó que de acuerdo a lo establecido en esos cánones, un denunciante contra la Iglesia, no tiene derecho a participar del procedimiento en los tribunales eclesiásticos. Esto es lo que se declaró inconstitucional.

La víctima de los abusos perpetrados por Raúl del Castillo, Esteban Córdoba, fue resarcido con la indemnización acorde, no por los abusos que ya habían prescripto, sino por “el daño derivado de la no información y participación en el procedimiento. Es decir se lesionó el derecho a informarse y a conocer la verdad que tiene cualquier denunciante en cualquier fuero”, detalló Lombardi.

Raúl del Castillo, miembro de la congregación salesiana y director del Colegio Don Bosco, fue denunciado por el joven de 14 años. Como suele suceder dentro de la Iglesia, el acusado fue trasladado y refugiado por la curia. Actualmente se encuentra impune y escondido en Paraguay.

En abril de 2016, periodistas del diario La Nación de Asunción, Paraguay, denunciaron censura por parte de la cúpula de la Iglesia del país vecino. Los periodistas habían hecho una investigación sobre los curas acusados de pedofilia en Argentina, que se encontraban refugiados en Paraguay. Tras la investigación en la que dieron con Raúl del Castillo y otros más, empezaron a publicar una serie de notas que el diario decidió interrumpir abruptamente y sin mayores explicaciones. Vale aclarar, que la dueña del diario es Sarah Cartes, hermana del presidente del Paraguay.

“Delegados sindicales del Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) confirmaron que existió un pedido de la Nunciatura Apostólica elevada al presidente Cartes para suspender las publicaciones; por ello la orden de suspender la publicación de hoy habría venido del propio Presidente”, afirmó por entonces el periodista Aldo Benítez, cabeza del equipo de investigación.

Ahora, como bien detalló Lombardi la Orden Salesiana tiene el derecho de apelar, pero es un buen antecedente haber obtenido este fallo favorable a la víctima en primera instancia, además de la declaración de inconstitucionalidad de los cánones mencionados.

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