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Unos testigos de Jehová predicando en Barcelona Xavier Jubierre

La justicia absuelve a una médico que hizo una transfusión de sangre a un testigo de Jehová en Lleida

La facultativa se enfrentaba a un año de cárcel y a dos de inhabilitación, acusada de un delito contra la integridad moral, lesiones y coacción

El juzgado penal 2 de Lleida ha absuelto a la médico que en 2016 hizo una transfusión de sangre a un testigo de Jehová en el hospital Arnau de Vilanova. Esta religión considera un pecado cualquier tipo de transfusión sanguínea, a pesar de que la vida de la persona peligre. De hacerlo, se enfrentan a la expulsión de su comunidad y al rechazo de sus allegados.

En la sentencia, que ha avanzado el Segre, el juez ha considerado que la doctora actuó “de acuerdo con su lex artis” y que su procedimiento “no es un acto lesivo buscado por la acusada con la finalidad de causar daño psicológico, sino una consecuencia de la indecisión del paciente” sobre si hacerse o no la transfusión.

La sentencia señala también que la facultativa no coaccionó al paciente y le informó correctamente al procedimiento. Aun así, el testigo de Jehová la demandó por un delito contra la integridad moral, lesiones y coacción, por lo que pedía 1 año y tres meses de cárcel y 2 años de inhabilitación.

En la sentencia, que no es firme y se puede recurrir a la Audiencia de Lleida, el juez detalla que el paciente fue al hospital de urgencias, donde le detectaron una hemorragia digestiva aguda con afección orgánica que requería una transfusión de sangre.

Mientras el paciente estaba acompañado por miembros de su congregación, se negó a recibir la transfusión, pero también a firmar el documento de rechazo. Más tarde, cuando sus acompañantes se fueron, el hombre empeoró, pero siguió sin firmar la renuncia y delegó la decisión en su hermano. Este autorizó a las facultativas y se le transfundieron cuatro bolsas durante diversas horas. En este proceso, el paciente “estaba consciente y no se opuso”, declaró la médico en el juicio, el enero pasado.

El juez precisa que la ley exige que el rechazo conste por escrito una vez se recibe la información clínica del estado de salud. Así, como la negativa verbal no se complementó con una escrita, esta no sería suficiente. Además, el magistrado alerta que la presencia de los miembros de la congregación podría haber “condicionado” inicialmente la decisión del paciente.

Con todo, el juez ha absuelto a la médico de todos los cargos de los que estaba acusada.

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