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La Junta concederá ayudas de hasta 30.000 euros a las cofradías para la conservación de su patrimonio

La Junta de Andalucía ha abierto diferentes líneas para conceder ayudas en materia de conservación-restauración e inventario sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía. En estas ayudas, las hermandades o cualquier entidad dada de alta en el registro de entidades religiosas, podrán solicitar ayudas económicas, en base a diferentes líneas acreditadas.

La primera de estas líneas está dedicada a la conservación-restauración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía. En esta línea el importe máximo al que puede aspirar cada entidad es de 30 mil euros, con el condicionante, que la cuantía no puede superar el 80 por ciento del trabajo. El otro veinte, debería aportarlo el colectivo y acreditar el gasto del cien por ciento.

La segunda línea es la realización de inventarios que faciliten el conocimiento de los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía. En estas ayudas, el importe máximo subvencionable es de 15.000 euros siempre y cuando no supere el 80 por ciento del total, como en la primera línea. Además, el presupuesto solicitado será proporcional al número de fichas de inventario propuestas. El importe máximo es el equivalente a 210 fichas.

¿Para qué puede usarse esta ayuda?

Según la línea a la que se acojan, el fin puede variar. La línea uno, que se presume la importante, puede ayudar a la restauración de bienes muebles, como es el caso de la hermandad de los Dolores, que pretende restaurar el manto de las palomas. En esta categoría entran labores de conservación y restauración en pintura, escultura, dibujo, grabado, retabilística, orfebrería, joyería y otros objetos en metal así como textiles, cerámica y azulejería. También sería posible restaurar mobiliario, eboraria y hueso, además de objetos e instrumentos de interés etnográfico.

En cuanto al criterio de valoración, hay varios aspectos que se tendrán en cuenta como el grado de protección del que goza el bien mueble sobre el que pretende llevarse a cabo la actuación (Bien de Interés Cultural, bien de catalogación general, etc).

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