La Diócesis de Pamplona puso a su nombre dos fincas de pastos propiedad del Concejo de Galar. Son los primeros bienes comunales inmatriculados por la jerarquía católica identificados en la mayor investigación abierta en España sobre el controvertido privilegio eclesiástico.
La Diócesis de Pamplona inscribió a su nombre en 1980 dos parcelas que sumaban 658 metros cuadrados en el Concejo de Galar, una pequeña localidad situada a 11 kilómetros al suroeste de la capital navarra. Así consta en las notas simples expedidas por el registro de la propiedad número 3 de Pamplona, que obran en poder de este periódico. Sin embargo, ambas fincas ya estaban registradas por el propio Concejo de Galar y eran, por tanto, bienes comunales explotados colectivamente por el pueblo. Dos notas manuscritas en papel timbrado, que figuran en el mismo registro de la propiedad, acreditan la titularidad comunal.
Estas últimas fichas registrales están datadas en julio de 1949, treinta y un años antes de la inscripción episcopal. “El Concejo de Galar es dueño de esta finca por prescripción, hallándose destinadas a pastos”, indica claramente el texto redactado en su día por el registrador competente. Las dos fincas se destinaban a pastos y sumaban más de “180 áreas”, lo equivalente a unos 1.800 metros cuadrados, casi el triple de la superficie inmatriculada por la Iglesia. Los bienes comunales son de naturaleza pública y están protegidos expresamente por la Constitución, de manera que son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
La identificación de estas dos parcelas entraña una singular trascendencia. Se trata de los primeros bienes comunales inmatriculados por la Iglesia en Navarra de los que se tenga constancia documental. Precisamente el Gobierno foral acaba de iniciar una exhaustiva investigación pericial para certificar cuántas fincas de naturaleza colectiva y pública han sido inscritas por la jerarquía católica sirviéndose del privilegio hipotecario de las inmatriculaciones episcopales, hoy ya derogado. Las organizaciones patrimonialistas calculan que la Iglesia ha registrado a su nombre hasta 100.000 propiedades en toda España, muchas de ellas de incalculable valor arquitectónico y cultural.
Solo en Navarra, la Iglesia ha inmatriculado 2.952 bienes desde el año 1900, tal como atestigua un minucioso informe publicado en 2021 por el entonces consejero de Justicia Eduardo Santos. El 63% de los inmuebles no tienen carácter religioso, mientras que 879 son tierras agrícolas, 50 espacios forestales, 397 fincas urbanas y 38 cementerios. El dosier formaba parte de un plan para identificar cuántas parcelas inmatriculadas podían ser bienes comunales. El proyecto encalló en los despachos durante tres años y ahora acaba de ser reactivado por el consejero de Desarrollo Rural, José María Aierdi.
A diferencia de la mayor parte de comunidades autónomas, Navarra dispone de un catálogo de bienes comunales integrado por decenas de miles de fincas públicas en todo el territorio foral. Ese inventario permitirá determinar con precisión cuántas de ellas han sido registradas por los obispos. La comunidad promulgó, además, una Ley Foral de Comunales en 1986 que proclamaba el “carácter social” de este tipo de bienes colectivos y reconocía su naturaleza inalienable.
Los bienes comunales inmatriculados en Galar han sido localizados por la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, una red de municipios que lleva casi veinte años trabajando en la identificación y recuperación de inmuebles y terrenos inscritos por la Iglesia católica. “Como este caso tiene que haber muchos más”, asegura Cristina Contreras, presidenta de la entidad.
“Este es el único que hemos podido confirmar por ahora, pero sospechamos que hay bastantes más“. La Plataforma cree que la mayor parte de las tierras agrícolas registradas por la jerarquía católica tienen origen comunal. Con el paso de las décadas, las lindes de todas estas fincas colectivas se habrían ido difuminando y los pueblos no han vigilado su titularidad. La Ley Foral del 86 otorga a las entidades locales la potestad de “recuperar, en cualquier tiempo, la posesión de los bienes comunales, previo informe del letrado y audiencia del interesado”.
La nota registral de la Iglesia identifica uno de los terrenos como “huerto parroquial” inmatriculado por “prescripción adquisitiva” o usucapión, es decir, la posesión pacífica en el tiempo. Sin embargo, al tratarse presuntamente de bienes comunales su naturaleza pública no prescribe nunca. Hoy esa parcela de pastos es un jardín urbano usado como parque público por el centenar y medio de habitantes de Galar. La iglesia y la casa parroquial están ubicadas en el interior de esas fincas, según certifica la información catastral aportada por uno de los concejales de la localidad.
La casa parroquial ha sido mantenida y rehabilitada por el Concejo de Galar y el Ayuntamiento, según confirma el edil consultado. De hecho, se conservan facturas pagadas por el municipio para hacer frente a reparaciones de la vivienda. Ninguna de estas circunstancias fue óbice para que la Diócesis de Pamplona vendiera la casa hace años y se embolsara la totalidad de la cuantía. No es el único caso de vivienda de uso parroquial inmatriculada y enajenada después por la Iglesia. Decenas de casas del cura de toda España, cedidas por los pueblos para facilitar la labor litúrgica del sacerdote, han terminado en manos de la jerarquía católica gracias al subterfugio del controvertido artículo 206 de la Ley Hipotecaria.
La propiedad de los templos y casas parroquiales ha sido difusa en términos históricos. Muchas de estas pequeñas iglesias rurales han sido construidas, reparadas y conservadas por los pueblos durante décadas o siglos y nunca fueron inscritas en el registro de la propiedad privada, generalmente porque eran considerados bienes comunes. Hasta que los obispos los han ido inmatriculando a su nombre en virtud del privilegio registral y en la convicción de que todos los edificios consagrados al catolicismo les pertenecen de manera automática.
La Iglesia de Galar está dedicada a San Martín de Tours. Fue construida en el siglo XII y sometida a una profunda reforma en el siglo XVI. El elemento arquitectónico más relevante del templo es su portada románica medieval. Entre 2013 y 2014, fue rehabilitada por el arquitecto José Joaquín Roncal. La mayor parte del coste de las obras fue sufragada y realizada por los vecinos y vecinas del pueblo a través del trabajo comunitario gratuito conocido tradicionalmente como auzolan y así lo reconoce el propio Concejo en una placa labrada en piedra por el cantero Cesareo Soulé. El concejal consultado por Público hace alusión a una inversión de 34 millones de pesetas inyectadas por el Concejo de Galar y el Ayuntamiento para diversas obras en el templo.
La junta de gobierno de la localidad ha acordado en una reunión celebrada días atrás recabar información más precisa sobre la inmatriculación eclesiástica de los bienes comunales de Galar con el objetivo de reclamarlos formalmente. Los concejales sopesan contactar con otros concejos de la comarca para coordinarse y actuar de forma conjunta. Público se ha puesto en contacto con el Arzobispado de Pamplona para conocer su versión de los hechos denunciados. Al cierre de esta información no se había producido respuesta alguna.
El Gobierno foral ya trabaja para poner en marcha un equipo de investigación que peine una por una las miles de inmatriculaciones episcopales navarras para identificar cuáles de ellas son bienes comunales protegidos por la ley. El acuerdo presupuestario firmado la pasada Navidad incluye una partida inicial de 50.000 euros para el proyecto. El peritaje es complejo y requerirá años de trabajo, según anunciaron fuentes de la Consejería de Desarrollo Rural.