El juez Santiago Pedraz procesó a las dos mujeres asegurando que ambas “participaron en España en actividades en favor de la organización yihadista Estado Islámico
La Audiencia Nacional (AN) ha acordado la libertad provisional de Yolanda Martínez y Luna Fernández, las dos mujeres que fueron repatriadas en 2023 desde Siria junto a sus hijos y que el pasado mes de enero fueron procesadas por un delito de integración en la organización terrorista Estado Islámico (DAESH).
En sendos autos, recogidos por Europa Press, la Sala de lo Penal estima la petición de la Fiscalía y de las defensas de las dos mujeres, que este mismo lunes han solicitado su puesta en libertad en la sesión que se ha celebrado para decidir si se prorrogaba su prisión provisional dos años después de su entrada en la misma.
El tribunal fija sin embargo a ambas la obligación de designar domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos, comparecencias semanales ante el juzgado, la prohibición de salida del territorio nacional y la retirada del pasaporte.
Los magistrados apuntan que procede la libertad “habida cuenta del tiempo transcurrido desde que se dictó la prisión provisional, y teniendo en consideración que las circunstancias que en su día llevaron al juez de instrucción a adoptar dicha medida han variado, no apreciándose riesgo de fuga en la actualidad”.
Participaron en actividades en favor de DAESH
Cabe recordar que el juez Santiago Pedraz procesó a las dos mujeres asegurando que ambas “participaron en España en actividades en favor de la organización yihadista Estado Islámico” previamente a su desplazamiento voluntario a la zona de conflicto sirio-iraquí junto a sus maridos, “aceptando el mismo destino que ellos una vez proclamado el pseuodcalifato en junio de 2014 por Abu Bakr al-Baghdadi y con plena voluntad de mantener su integración en la referida organización terrorista”.
El magistrado señaló entonces que las dos tuvieron un papel destacado durante su estancia en España dentro del grupo de las mujeres de los integrantes de la Brigada Al-Andalus, manteniendo contactos con otras mujeres que servían para introducir a las conversas dentro de una visión rigorista del Islam.
El juez añadía que, con posterioridad, ambas se desplazaron a la zona de conflicto sirio-iraquí junto a sus maridos, compartiendo y aceptando el mismo destino que ellos, con la plena voluntad de formar parte de la organización y la finalidad de poner a su disposición toda su capacidad en las funciones que la propia organización les asignara.
El magistrado indicaba que las investigadas siempre mostraron su voluntad de ser miembros de DAESH y que solo solicitaron ser repatriadas a España tras el sitio y caída de la ciudad siria de Baguz. La resolución también incluía las labores de adoctrinamiento llevadas a cabo por las investigadas con sus hijos y con otros menores a su cargo en favor de esa organización terrorista.