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La Audiencia Nacional condena a 4 años y medio de internamiento a un menor que tenía explosivos en su casa para cometer un atentado yihadista

La sentencia explica que desde febrero de 2023 la Policía tenía conocimiento de la progresiva radicalización del menor, quien accedió de una manera continuada en Internet a contenidos radicales de carácter yihadista con la finalidad de adquirir los conocimientos suficientes sobre la organización terrorista Estado Islámico y sus ideales

El Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años y seis meses de internamiento en régimen cerrado y cinco de libertad vigilada a un joven de 16 años que ideó la comisión de un atentado terrorista de corte yihadista mediante explosivos que había estado preparando en su casa de una localidad de Sevilla.

En una sentencia de conformidad, el juez José Luis Castro condena al menor como autor de los delitos de integración en organización terrorista y de tenencia de explosivos y ordena al Equipo Técnico del centro de menores que elabore un plan concreto de desradicalización como continuación a los que se acuerden durante su internamiento en régimen cerrado.

Según explica la sentencia, desde febrero de 2023 la Policía tenía conocimiento de la progresiva radicalización del menor, quien accedió de una manera continuada en Internet a contenidos radicales de carácter yihadista con la finalidad de adquirir los conocimientos suficientes sobre la organización terrorista Estado Islámico y sus ideales, así como sobre la forma de llevar a cabo operaciones terroristas mediante el uso de explosivos.

La evolución fue tal, indica el fallo, que a principios del año 2024 el menor, con la intención de cumplir con las finalidades de la organización terrorista DAESH, ideó la comisión de un atentado mediante el explosivo TATP, conocido con el nombre “La madre de Satán”.

La sentencia señala que en los perfiles públicos de redes sociales se aprecia una evolución radical yihadista a lo largo del año 2023. Tanto a través de su perfil en Facebook como Instagram, sostiene, el joven realiza un tipo de recepción y difusión online de contenidos sobre DAESH, que permiten encuadrarlos dentro de las actividades simultaneadas por personas que resultan captadas por esta organización a través de Internet, y que desarrollan para la misma el eje fundamental de su estrategia reimpulsado por sus responsables, junto a las acciones violentas: la macro difusión propagandística. En este caso, indica el juez, el acusado “ha asumido su papel de ciber soldado o yihadista virtual”.

Una llamada anónima alertó de su radicalización

El juez relata que desde febrero de 2023 la Policía tenía conocimiento de la progresiva radicalización del joven a lo que se une una llamada telefónica anónima en la que se alertaba de que se había hecho con varias sustancias para fabricar explosivos. A raíz de ello se iniciaron los primeros seguimientos, en los que los agentes descubrieron que, junto con un amigo, había salido al campo con una mochila cerca de una casa abandonada y en el lugar aparecieron manchas oscuras que denotaban algún tipo de incendio.

Con posterioridad, el 20 de enero de 2024, la Policía observó al menor tirar a la basura dos bolsas que contenían una caja de cartón de color azul y amarilla con el rótulo de “Azufre en polvo”, una máscara de protección desechable de dos piezas, unas gafas de protección, un sobre de guantes reutilizables, diferentes pañuelos de papel manchados de sustancias de color rojizo y amarillos, trozos de camiseta con un fuerte olor, un sobre de una aguja, un bote de masilla de poliuretano, dos garrafas grandes y restos de cinta aislante de color negro.

Un día más tarde, los agentes observaron al acusado salir de su casa con una mochila hacia el campo, donde escucharon diferentes detonaciones que confirmaron que el menor pudiera estar haciendo pruebas de cómo actúan los explosivos que pudiera tener en su poder, motivo por el cual se solicitó la entrada y registro de vivienda.

En su domicilio, los agentes descubrieron varios armarios con 6 botes de acetona de 250cc., 2 botes de agua oxigenada (peróxido de hidrógeno) de 500cc. cada uno, un bote de desatascador de desagües de 1 kg. (1 l.) de composición ácido sulfúrico al 99% y un frasco grande con una cantidad importante de carbón. “Con los tres elementos mencionados en primer lugar se fabrica tri-peróxido de tri-acetona (TATP), explosivo de fabricación casera conocido como <La Madre de Satán>, advierte el juez.

En su casa tenía un “secadero” de explosivos

Frente a los armarios, continúa explicando la resolución, se localizó la habitación del joven, en la cual había un escritorio largo con lo que el funcionario de TEDAX denominó “secadero de explosivos”: diferentes bandejas de secado con papel de cocina haciendo las veces de papel secante, con restos de explosivo.

Además de ello, en otra parte de ese escritorio se hallaron más restos de explosivo, “incluido parte de una bomba ya montada con metralla adosada a la misma, lista para su uso, y a la que únicamente le falta el explosivo que la detone”. En los cajones del escritorio, añade la sentencia, se localizaron más precursores como azufre y carbón.

Además de las sustancias, se hallaron diversos documentos sobre la fabricación de explosivos y de cohetes. En concreto, dice el juez, en uno de los cuadernos intervenidos en el registro se apreciaban inscripciones manuscritas, presuntamente por el detenido, consistentes en la composición química del explosivo casero llamado TATP, peróxido de acetona o triperóxido de acetona, conocido también con el nombre de “Madre de Satán”, tratándose de la “receta” para fabricar este explosivo.

También en el domicilio del detenido se intervinieron un machete de grandes dimensiones; un chaleco táctico militar mimetizado con un portacargadores, dos mosquetones de acero inoxidable, una bolsa de botiquín con diversos enseres y una imagen de la bandera de DAESH enmarcada.

Además, en el móvil del menor se encontraron abundantes archivos con un contenido que alentaba de forma clara a la Yihad Global, con una participación activa y personal del acusado, entre ellos una ingente cantidad de archivos relacionados con DAESH, cánticos yihadistas (incluyendo alguno entonado por él mismo), así como imágenes de armas, explosivos y precursores óptimos para la fabricación de artefactos explosivos, “habiendo realizado el menor un exhaustivo estudio de las posibilidades de fabricación de artefactos explosivos caseros utilizando glicerina, ácido nítrico y ácido sulfúrico, para la posterior activación remota de estos explosivos mediante un dispositivo electrónico”. También contenía imágenes de explosivos, metralla e imágenes del propio acusado portando el chaleco táctico que se localiza en su domicilio.

Detonar una Comisaría de Policía

En el móvil de acusado también se hallaron diversas conversaciones en Telegram entre el acusado y terceras personas, en una de las cuales el joven indica que va “a detonar en una comisaría de policía”. Y reconoce que “también fabrico pólvora, nitroglicerina, peróxido de acetona y TNT”> Y que “quiero tener un misil de azúcar y nitrato de potasio con peróxido de acetona”. Además, le envía a su interlocutor una imagen de sí mismo y le reconoce que quiere ser “mártir, si Dios quiere”.

En su sentencia, el juez de Menores analiza la situación familiar y personal del menor y señala que refiere no tener amigos ni apoyo social de su entorno y ha presentado conflictos de convivencia y de comportamientos recurrentes en España. A nivel personal, añade, desde su infancia ha estado expuesto a múltiples situaciones de violencia grave próxima e importantes carencias de necesidades básicas, lo que ha configurado una personalidad que se caracteriza por una elevada dureza emocional y cognitiva y una normalización de la violencia. El menor, concluye, se muestra resentido, presenta una elevada percepción de injusticia y de conflicto social, al tiempo que se evidencian carencias en habilidades sociales, falta de empatía y un nivel elevado de indiferencia social.

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