Pretenden que se inscriba el bien como municipal para impedir que la titularidad sea de manera definitiva de la Iglesia y suscriben, con otros colectivos, una carta a la alcaldesa
IU y Ganemos, junto con un amplio número de colectivos y ciudadanos, han solicitado a través de una carta a la alcaldesa, Isabel Ambrosio, que el Ayuntamiento inscriba la Mezquita-Catedral como bien municipal con el objetivo de dejar sin efecto la inmatriculación que hizo la Iglesia del monumento en 2006. La iniciativa surge de colectivos partidarios de la defensa de la titularidad pública del inmueble y ha sido suscrita, entre otros, por IU y Ganemos, según confirmaron fuentes consultadas. La adhesión la han suscrito en su condición de formaciones políticas, no como grupos municipales, aunque se trata de las dos organizaciones que sustentan al gobierno municipal liderado por el PSOE, el primero como socio de gobierno y el segundo como apoyo desde la oposición. Los socialistas, no obstante, no comparten este criterio y parece poco probable que se atienda esta petición.
La medida sobrepasa cualquier planteamiento que ha habido hasta el momento en torno al monumento ya que siempre se ha hablado de titularidad pública y universal en su condición de Patrimonio de la Humanidad, pero nunca de bien municipal. Sin embargo se trata de una medida algo desesperada para conseguir el fin último, que es dejar sin efecto el registro que realizó la Iglesia, ya que está a punto de cumplirse el plazo de diez años que establece la propia ley hipotecaria para atribuir la condición de justo título a efectos de la prescripción en el registro de la propiedad. El objetivo que persiguen los defensores de la titularidad pública es que, si se inscribe también como bien municipal, se crearía un conflicto jurídico que habría que resolverse y, por tanto, ya no contaría contra el límite de tiempo. La Iglesia inmatriculó la Mezquita el 2 de marzo de 2006, hoy hace justo diez años, aunque podría haber varios días de margen jurídico.
La postura de IU y Ganemos siempre ha sido muy tajante con respecto a la titularidad de la Mezquita-Catedral y la federación de izquierdas ha promovido desde el Parlamento de Andalucía un recurso ante el Tribunal Constitucional por la Ley Hipotecaria -que permitió la inmatriculación- que fue rechazado tras un informe jurídico. Más recientemente, Podemos presentó en la cámara andaluza una proposición no de ley para reclamar a la Iglesia los bienes inmatriculados -entre ellos la Mezquita-Catedral- que fue apoyada por IU pero rechazada por el PSOE.
En el Ayuntamiento el cogobierno hasta el momento había compartido el criterio de la defensa de la titularidad pública del monumento, aunque el posicionamiento de IU y Ganemos parece ir mucho más allá, algo a lo que no están dispuestos los socialistas. La propuesta va en contra de la línea que ha marcado la alcaldesa, Isabel Ambrosio, que lleva semanas apostando por el diálogo y posicionándose en contra de la crispación. Sin embargo, va en consonancia de la línea de enfrentamiento con la Iglesia que ha marcado en las últimas semanas el teniente de alcalde IU, Pedro García, con sus declaraciones sobre la revisión de la visita nocturna a la Mezquita-Catedral o cuando llamó al obispo, Demetrio Fernández, “machista y homófobo”.
¿Qué posibilidades hay de que la petición salga adelante? Prácticamente ninguna. En primer lugar parece que ni siquiera el Ayuntamiento admitirá la solicitud. El gobierno municipal, en cualquier caso, exigirá un informe jurídico que determine qué razones podrían asistir al Consistorio para llevar a cabo la inscripción, según apuntaron fuentes municipales. Es más, no se sostiene que se pueda tomar una decisión de estas repercusiones con la justificación de la urgencia por el fin de plazo cuando ha habido diez años para realizarlo, según apuntan las mismas fuentes. El Ayuntamiento, en este caso, defiende la titularidad pública del monumento, “que no municipal”, y la gestión cultural y turística compartida entre la Junta, el Consistorio y el Cabildo.
En cualquier caso, la Ley Hipotecaria deja bien clara las posibilidades para inscribir bienes. Así, la inmatriculación solo sería posible, según establece el artículo 205 de la normativa, si no existe un registro previo del mismo inmueble, que no es el caso porque el Obispado ya lo inscribió a su nombre. El interesado en registrar el inmueble debe acreditar también el título de propiedad por el que solicita el registro y, además, debe contar con el informe favorable de los servicios jurídicos del Ayuntamiento. Ninguna de estas exigencias parece que podrá cumplirse.