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IU pide que el Ayuntamiento de Almería cobre el IBI por todos los inmuebles propiedad de la Iglesia Católica no destinados a culto

El equipo de Gobierno del Partido Popular lo rechazará porque no necesita ese dinero, y por que para hacerlo habría que modificar el Acuerdo entre España y el Vaticano, y la Ley de Mecenazgo

El portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Almería, Rafael Esteban Martínez, ha presentado una moción para que el Consistorio elabore "un Plan de Inspección relativo a las exenciones a los bienes de la Iglesia Católica en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, mediante la confección de un Plan Inicial comprensivo de todos los inmuebles relacionados con la exención del IBI, emitiéndose las liquidaciones que resulten de ese plan de inspección, al fin de regularizar las obligaciones tributarias de aquellos que no están exentos por desarrollar actividades distintas a la finalidad religiosa".

Pero el objetivo de IU no se queda ahí, ya que quieren que el pleno municipal exija "al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales, que se suprima de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre de 1988, Reguladora de las Haciendas Locales, la exención del IBI (impuesto de bienes inmuebles rústicos y urbanos) a la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas".

En ese sentido Esteba recuerda que el artículo 16.3 de la Constitución Española establece el principio aconfesional de nuestro país, y se determina, por tanto, la falta de adscripción o vinculación a cualquier confesión religiosa por parte de las instituciones públicas que sirven de base en la constitución del Estado español. "Este principio constitucional choca frontalmente con que se vinculen los intereses generales que representan esas Instituciones con los intereses particulares y privados que afectan a unas determinadas convicciones religiosas y privilegios frente al resto" afirma en la moción.

IU añade a ese aspecto político, otro de tinte económico, al señalar que "en momentos de crisis como los que actualmente vivimos, con fuerte contracción del gasto público y disminución y recorte de los servicios sociales, supone un fuerte agravio comparativo para con el resto de la ciudadanía, la desviación de recursos públicos para fines privados, ya sea en forma de transacción directa o exención y beneficios fiscales. Las duras medidas económicas llevadas a cabo por el Gobierno afectan diariamente a los servicios básicos como la educación, la sanidad y protecciones sociales en general, mientras que continúan intactos los beneficios fiscales a los que tiene derecho la Iglesia católica".

El RD 20/2011, de 30 de diciembre de medidas urgentes y materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, insta a las Corporaciones Locales a una subida del IBI de entre el 4 y el 10% , con excepciones "a que diversas entidades, en especial la Iglesia Católica (mayor poseedora de bienes inmuebles), y otras confesiones, van a seguir manteniendo exenciones fiscales sin contribuir al erario público, lo que supondrá sin lugar a dudas a seguir gravando nuestras arcas municipales" afirman.

Además dicen que "la Iglesia católica dispone de edificios que no se dedican al culto religioso, y algunos dedicados a fines lucrativos, que no pagan el Impuesto de bienes Inmuebles. En este grupo entrarían colegios católicos, asociaciones o pisos de oficinas alquilados a empresas que no tienen nada que ver con la religión y que hasta ahora han estado exentos del pago de impuesto así como plazas de garaje." y concluye que "dada la profunda crisis económica que golpea a la ciudadanía, parece lógico y necesario que la Iglesia Católica, una de las mayores propietarias de bienes inmuebles de España, participe en el esfuerzo colectivo necesario para superar la crisis".

Desde el equipo de Gobierno del Partido Popular, que tiene mayoría absoluta, ya han anticipado que no se plantearán esa posibilidad ya que desde el punto de vista económico el Ayuntamiento es solvente y no necesita llegar a eso.

Por otro lado han destacado que hacer algo así sería ilegal, ya que la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002), por la que se equipara el régimen fiscal de la Iglesia Católica al del resto de entidades del sector no lucrativo como ONG o Fundaciones, deja exenta a la institución del cobro de este impuesto. Es más, el Acuerdo sobre Asuntos Económicos entre el Estado español y la Santa Sede de 1979 tendría que ser modificado para que esa posibilidad pudiera contemplarse.

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